El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) de España, ha decidido por unanimidad mantener la suspensión de la Resolución 5/x, de 23 de enero, del Parlamento de Cataluña, que aprobó la declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña.
El TC entiende que dicha Resolución “versa sobre una cuestión de gran trascendencia constitucional” por lo que, al analizar los distintos intereses en juego, se ha inclinado “en favor de la ratificación de la suspensión”.
El recurso presentado por el Gobierno español contra la “declaración soberanista” fue admitido a trámite por el Pleno el pasado 7 de mayo. En su providencia, el Tribunal acordó entonces la suspensión automática con efectos desde el 8 de marzo, es decir, desde el día en que quedó registrado el recurso en el TC.
El pasado 7 de junio, los letrados del parlamento de Cataluña solicitaron el levantamiento inmediato de la suspensión. Poreste motivo, el Pleno ha tenido que pronunciarse de nuevo antes de que transcurrieran los cinco meses que la Carta Magna fija como plazo máximo inicial para que el Tribunal Constitucional ratifique o levante la suspensión (artículo 161.2 CE) de las disposiciones o resoluciones recurridas.
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