El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) señaló como improcedente la inscripción del Tribunal Nacional Electoral del partido Todos por el Perú, ya que su elección, realizada por un Comité Ejecutivo Nacional, se llevó a cabo bajo un estatuto que no había sido aprobado, según la denuncia.
Por su parte, el Jurado Nacional de Elecciones informó que este martes, en horas de la mañana, se dará a conocer la resolución sobre la apelación del partido político Todos por el Perú contra las Resoluciones de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas, que declararon improcedentes la solicitud de modificación de la partida electrónica de esta agrupación política.
Este organismo electoral recordó que había fijado un plazo de cinco días hábiles después de realizada la audiencia pública en la que se conoció el informe oral del abogado que representa a la agrupación política Todos por el Perú, pese a que el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (artículo 119), señala que el Pleno del JNE resuelve recursos impugnativos, sobre modificaciones de partidas electrónicas, dentro de los 30 días hábiles de elevado el expediente.
El Jurado Nacional de Elecciones reitera la invocación a los partidos políticos y a la ciudadanía en general a no dejarse sorprender por personas inescrupulosas que estarían ofreciendo realizar supuestas gestiones para beneficiarlos en los procesos jurisdiccionales que se siguen ante esta institución.
Al respecto, el Supremo Tribunal Electoral expresa que las resoluciones del Pleno se emiten con imparcialidad, independencia y con criterio de conciencia bajo el estricto respeto a la Constitución y a las leyes electorales vigentes.
En ese sentido, se exhorta a denunciar ante las instancias correspondientes, como el Ministerio Público y la Policía Nacional, a cualquier persona que busque valerse de este tipo de situaciones para aprovecharse de los ciudadanos que siguen sus casos ante el Supremo Tribunal Electoral.