La justicia de bando: la sumisión de la Fiscalía brasileña al arbitrio de Alexandre de Moraes

Analistas jurídicos coinciden en que la coincidencia mimetizada entre las pretensiones de la Fiscalía y las decisiones de Moraes despoja al ministerio público de su función de garante neutro de la legalidad. Cuando el órgano acusador y el juez instructor operan en perfecta consonancia sin margen para el contrapeso, el debido proceso queda severamente lesionado

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El juez Alexandre de Moraes y el fiscal general de la República, Paulo Gonet

El aparato institucional del Estado brasileño parece haber dinamitado el principio fundamental de la separación y equilibrio de poderes para convertirse en un engranaje de protección mutua. Lo que constitucionalmente debería ser un órgano independiente e imparcial se ha consolidado como un apéndice defensor del ministro del Tribunal Supremo Federal (STF), Alexandre de Moraes, evidenciando un alineamiento ciego que compromete la credibilidad del sistema republicano.

El episodio más reciente de esta sintonía es la petición elevada al Departamento de Justicia de los Estados Unidos para exigir el sobreseimiento de la demanda interpuesta por las plataformas Rumble y Trump Media contra Moraes. Al escudarse en la inmunidad soberana ante los tribunales de Florida, la representación legal del Estado opta por blindar procesalmente al magistrado en lugar de revisar la verdadera raíz del conflicto: el alcance extraterritorial de resoluciones que ordenan la suspensión de cuentas de ciudadanos brasileños residentes en el extranjero, bajo la elástica categoría de “ataques antidemocráticos”.

Esta sobreprotección institucional opera en doble vía. En el frente interno, las actuaciones del fiscal general de la República, Paulo Gonet, respaldan punto por punto la línea punitiva dictada por Moraes. El reciente aval de la Fiscalía para rechazar los recursos del expresidente Jair Bolsonaro —manteniendo la prohibición de recibir la visita de su hijo y abogado, el senador Flávio Bolsonaro, mientras cumple arresto domiciliario— pone de manifiesto un celo procedimental que raya en el ensañamiento. Argumentar que la difusión de una carta pública justifica el aislamiento total del recluso evidencia un uso de la norma que trasciende lo estrictamente penal para adentrarse en la restricción política.

Analistas jurídicos coinciden en que la coincidencia mimetizada entre las pretensiones de la Fiscalía y las decisiones de Moraes despoja al ministerio público de su función de garante neutro de la legalidad. Cuando el órgano acusador y el juez instructor operan en perfecta consonancia sin margen para el contrapeso, el debido proceso queda severamente lesionado. Ni la Fiscalía General ni el magistrado disimulan ya la selectividad de sus criterios, dejando al descubierto una actuación donde la neutralidad institucional ha sido desplazada por el resentimiento y la disputa política.