Venezuela: quieren sancionar a medios que no informaron sobre la salud de Chávez

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Pedro Maldonado, Director de Conatel
Pedro Maldonado, Director de Conatel
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, (Conatel) de Venezuela, abrió un procedimiento administrativo contra la televisora “La Tele” y las FM “Candela Pura 91.9” y “Es 96.9” por no haber transmitido la alocución oficial la noche del jueves 3 de enero del año en curso que realizó el Ministro de Comunicación e Información, Ernesto Villegas, donde daba cuenta del estado de salud del presidente Chávez.
Pedro Maldonado, Director de Conatel, enfatizó sobre la situación y dio detalles al respecto.
-El día de ayer jueves 3 de enero por la noche se hizo una alocución oficial por parte del Ministro Ernesto Villegas que daba cuenta del avance o la evolución de la salud del Presidente Chávez. En ese contexto, existe una verificación que hace la Comisión Nacional de Telecomunicaciones en virtud de la obligación que tienen los medios de comunicación de radio y televisión de encadenarse a la alocución oficial que haga el Vicepresidente Ejecutivo de la República, o el Ministro de Comunicación e Información. En ese sentido se pudo verificar que existieron tres medios de comunicación que no se pegaron a la cadena presidencial y uno de ellos se pegó con algún retraso o la transmitió con algún retraso. Por ello se ha decidido iniciar procedimiento administrativo sancionatorio a la Televisora “La Tele” –que no transmitió ningún fragmento de la cadena que fue convocada por el Ministerio de Comunicación e Información- también la F.M. “Candela Pura 91.9” en la ciudad de Caracas y la F.M. “Es 96.9”.
Detalló Maldonado que “el procedimiento administrativo se inicia en virtud del articulo 10 de la ley de Responsabilidad en Radio y Televisión y Medios Electrónicos que establece la obligación que tiene los medios de Comunicación Social en Radio y Televisión de transmitir las alocuciones oficiales que haga el Presidente, el Vicepresidente Ejecutivo de la República o el Ministerio de Comunicación e Información. En este sentido, el artículo 28 en su numeral 4, literal L, establece claramente que se debe iniciar un procedimiento administrativo el cual al finalizarse podría establecer una multa al medio que puede oscilar entre el 3 y 4 por ciento de los ingresos brutos obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior a la fecha en la cual se inició el procedimiento.