LIMA, PERÚ. En una decisión que ha generado un fuerte terremoto político y judicial, el Poder Judicial dispuso la inmediata excarcelación del expresidente Ollanta Humala Tasso, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) emitiera una controvertida resolución que declara la nulidad absoluta del proceso penal en su contra por el delito de lavado de activos.
Humala, quien permanecía recluido en el penal de Barbadillo desde abril de 2025 cumpliendo una condena de 15 años de prisión, abandonó el centro penitenciario tras ejecutarse la orden judicial. La medida del máximo tribunal beneficia también a su esposa, la exprimera dama Nadine Heredia, quien actualmente se encuentra en Brasil tras haber escapado del país antes de la lectura de su sentencia.
La justificación jurídica del Tribunal
El fallo del TC se fundamenta en un argumento técnico que ha encendido el debate en el sector judicial: la falta de tipicidad de los hechos al momento en que ocurrieron. De acuerdo con el tribunal, la acusación del Ministerio Público carecía de validez bajo las siguientes premisas:
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Inexistencia del delito en la época: El ocultamiento de donaciones y financiamientos para campañas electorales (vinculados en este caso al chavismo venezolano y a la constructora brasileña Odebrecht) no estaba explícitamente tipificado como delito en el Código Penal peruano durante las campañas presidenciales de 2006 y 2011.
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Falta de sustento en la tipificación: El tribunal determinó que la tesis fiscal sobre el lavado de activos no contaba con el sustento jurídico adecuado para encajar los aportes de campaña dentro de este marco penal antes de las reformas legislativas posteriores.
Una aclaración clave: El dictamen del Tribunal Constitucional no declara la inocencia de Ollanta Humala respecto a los actos de ocultamiento; en su lugar, establece que las conductas imputadas no eran consideradas delitos bajo las leyes vigentes de la época.
Antecedentes del caso
La resolución echa por tierra un extenso proceso judicial que había alcanzado un hito histórico en abril de 2025, cuando el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional impuso la condena de 15 años a la expareja presidencial. La fiscalía argumentaba que los fondos no declarados de las empresas brasileñas y del gobierno de Hugo Chávez habían sido introducidos ilícitamente en el sistema financiero simulando ser aportes legítimos de campaña.
Con esta anulación, la situación legal de los demás implicados en el caso del Partido Nacionalista da un giro radical, archivándose el caso de forma total y dejando sin efecto las órdenes de captura y restricciones vigentes.
Analistas advierten un “triunfo de la impunidad”
La liberación del exmandatario ha provocado duras reacciones por parte de diversos juristas y analistas políticos en el país. Para muchos observadores de la coyuntura nacional, el fallo sienta un peligroso precedente en la lucha contra la corrupción y el financiamiento ilícito de los partidos políticos.
Los expertos señalan que recurrir a este tipo de vacíos legales históricos para archivar megaprocesos de gran envergadura debilita la confianza en el sistema de justicia. En ese sentido, diversos analistas coinciden en calificar esta polémica resolución del Tribunal Constitucional como un evidente “triunfo de la impunidad” en el Perú.













