Argentina: denuncian que Gendarmeria Nacional espiaba a militantes sociales y políticos

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Congreso de la Nación de Argentina: legisladores piden saber que es el "Proyecto X"
Denuncian que la Gendarmería Nacional estaría ejecutando el denominado Proyecto X, cuyo objetivo sería disponer de una base de datos con los nombres de militantes sociales y políticos, para lo cual infiltraba personal de esa dependencia en actos y manifestaciones para espiar a líderes sindicales y opositores, según reveló el canal de televisión argentino Todo Noticias (TN).
Según informó este medio, diputados de varios grupos anunciaron que pedirán la interpelación de la ministra de Seguridad, Nilda Garré, para que explique si la Gendarmería Nacional realiza tareas de inteligencia interna”.
Políticos de todos los partidos, salvo los del oficialismo, han rechazado esta acción ya que “la ley 25.520 de Inteligencia Nacional establece que ningún organismo oficial de espionaje puede “obtener información” de datos de personas por el solo hecho de “adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales o sindicales”. De esta manera, la Gendarmería Nacional estaría violando el artículo 4 de esa norma”, informó Todo Noticias.
Silencio oficial
Ningún representante del gobierno de Cristina Kirchner ha salido al cruce de esta denuncia y el silencio es total respecto al tema.
La Cámara de Diputados de la Nación ha cursado una solicitud para citar de urgencia a la ministra de Seguridad, Nilda Garré, para ser interpelada en la Comisión de Seguridad Interior de la Cámara de Diputados de la Nación. El pedido se ha efectuado luego que la Gendarmería Nacional reconociera la existencia de una base de datos que sirve para “analizar y orientar” causas judiciales.
En la solicitud los legisladores entre otros temas preguntan:
1) ¿Cuándo fue creado el Proyecto X en la Gendarmería Nacional?
2) ¿Qué unidades y/o organismos de la Gendarmería Nacional están afectados al Proyecto X?
Aclarándose que el artículo 4º de la Ley 25.520 de Inteligencia Nacional, dice “Que ningún organismo de inteligencia podrá: 1) Realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, cumplir, por si, funciones policiales ni de investigación criminal, salvo ante requerimiento específico realizado por autoridad judicial competente en el marco de una causa concreta sometida a su jurisdicción, o que se encuentre, para ello, autorizado por ley”.