Chile endurece las medidas contra extranjeros irregulares: expulsiones, detenciones y restricciones de ingreso

La iniciativa recibió 128 votos a favor y 11 en contra, y quedó a la espera de la ratificación del Senado antes de su despacho al Ejecutivo. El proyecto amplía las facultades del Estado para ejecutar expulsiones administrativas, refuerza los mecanismos de identificación de extranjeros en situación irregular y establece prohibiciones de ingreso de hasta diez años en determinados casos.

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Expulsiones de migrantes en Chile - Foto archivo PDI
La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile dio un paso decisivo para endurecer los mecanismos de expulsión de extranjeros en situación migratoria irregular, al aprobar el informe de la comisión mixta que resolvió las diferencias entre ambas cámaras del Congreso sobre el proyecto de ley. La iniciativa obtuvo 128 votos favorables y 11 en contra, y ahora requiere el visto bueno del Senado para completar su tramitación legislativa y ser enviada al Ejecutivo.

 

El proyecto, correspondiente al boletín 16.836-06, modifica las disposiciones de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería con el objetivo de ampliar las atribuciones de los organismos públicos, agilizar los procedimientos de expulsión y fortalecer la capacidad del Estado para localizar e identificar a personas que permanezcan en el país de manera irregular.

Uno de los principales acuerdos alcanzados por la comisión mixta establece una prohibición de reingreso de cinco años para los extranjeros sujetos a expulsión administrativa. La disposición surgió tras las diferencias entre la Cámara y el Senado respecto de la duración de esta restricción: mientras la propuesta original contemplaba tres años, los diputados habían elevado el plazo a cinco, modificación que finalmente quedó incorporada en el texto consensuado.

La iniciativa también contempla sanciones migratorias más prolongadas para determinados casos. Las expulsiones decretadas por el subsecretario del Interior, cuando existan razones fundadas de seguridad interior o exterior, o motivos vinculados al orden público, podrán llevar aparejada una prohibición de ingreso de entre cinco y diez años.

Mayores facultades para ejecutar expulsiones

Entre las herramientas incorporadas al proyecto figura la posibilidad de que el Servicio Nacional de Migraciones solicite antecedentes a personas naturales, empresas y funcionarios públicos para obtener información que permita identificar y localizar a extranjeros en situación migratoria irregular. Los datos requeridos podrán incluir nombre completo, domicilio y correo electrónico, con el propósito de notificar las resoluciones dictadas en procedimientos administrativos de expulsión.

Esta facultad tendrá excepciones expresas para niños, niñas y adolescentes, así como para establecimientos educacionales y de salud, según establece el texto aprobado.

La normativa también precisa que las órdenes de expulsión mantendrán su vigencia y producirán efectos desde el momento en que sean decretadas hasta su ejecución efectiva. Su anulación solo será posible por causas previstas en la ley y mediante una resolución debidamente fundamentada.

Otro de los cambios relevantes apunta a facilitar la detención de personas sujetas a una orden de expulsión. Para ello, se habilita a la Policía de Investigaciones (PDI) a solicitar autorización judicial para ingresar al domicilio donde se encuentre el afectado, con el objetivo de concretar su aprehensión.

El procedimiento deberá cumplir requisitos específicos, entre ellos la identificación de la persona, la individualización del inmueble y la presentación de la resolución de expulsión. Además, se establecen mecanismos de coordinación con el Ministerio Público para determinar si existen investigaciones penales relacionadas con el individuo o el domicilio en cuestión.

Expulsiones inmediatas y coordinación judicial

La propuesta también regula la expulsión inmediata de extranjeros en situación migratoria irregular que hayan sido formalizados, acusados o requeridos por un delito simple. Para estos casos, se incorporan disposiciones destinadas a coordinar la actuación de la Fiscalía y los tribunales, establecer las audiencias necesarias y precisar los efectos de las resoluciones que se adopten.

En concordancia con estas modificaciones, el proyecto amplía las competencias de los juzgados de garantía, que deberán conocer y resolver las solicitudes de autorización para ingresar a domicilios con el fin de ejecutar expulsiones administrativas, además de intervenir en los procedimientos vinculados a la expulsión inmediata en causas penales.

La aprobación del informe de la comisión mixta fue respaldada principalmente por parlamentarios que defendieron la necesidad de mejorar la eficacia de los procedimientos migratorios y entregar herramientas más claras a las autoridades para ejecutar las resoluciones pendientes. Entre los argumentos favorables también se planteó que el fortalecimiento de las facultades estatales debe desarrollarse dentro del marco legal y con respeto a los derechos humanos.

Sin embargo, la iniciativa no estuvo exenta de cuestionamientos. Parte de las críticas se concentró en la decisión de la comisión mixta de revisar disposiciones adicionales a la que había originado su convocatoria, así como en el aumento a cinco años de la prohibición general de reingreso y en las atribuciones otorgadas a la policía para concretar las expulsiones.

Con la aprobación de la Cámara, el proyecto se encuentra en su etapa final de tramitación. Si el Senado ratifica el informe, la iniciativa quedará en condiciones de ser despachada al Ejecutivo para continuar el proceso que permita su entrada en vigor.