Amonestan al gobierno de Bolivia por utilizar redes del Estado para campaña política

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Banner obsevado por el TSE al Ministerio de Obras Públicas
Banner obsevado por el TSE al Ministerio de Obras Públicas
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia envió tres cartas de amonestación a entidades del gobierno de Evo Morales por incumplir el Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo.
Las notas fueron dirigidas al Gobernador de La Paz, Felix Patzi, a la Ministra de Comunicación, Marianela Paco, y al Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Milton Claros, exigiendo el retiro inmediato de los materiales observados.
La amonestación contra el Gobierno Departamental de La Paz y el Ministerio de Comunicación del gobierno, se debe al uso de sus cuentas institucionales en twitter para efectos de campaña, en franca inobservancia al Art. 36 sobre Prohibición para entidades públicas del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, que dice:
Las entidades públicas del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas no podrán hacer uso de sus páginas web y sus redes sociales digitales oficiales, dependientes o de subdominio, para la difusión de propaganda electoral durante todo el periodo electoral.
Las pruebas del uso indebido de las cuentas de Twitter del Estado
El Ministerio de Comunicación y la Gobernación de La Paz, hacen campaña por Evo y uno de sus candidatos
El Ministerio de Comunicación y la Gobernación de La Paz, hacen campaña por Evo y uno de sus candidatos

En el caso del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, se le amonestó por la difusión pública de un banner que incluye el “SÍ”, lo que infringe el Artículo 25 (USO DEL “SÍ” Y DEL “NO”) del Reglamento:
Ninguna entidad pública o empresa estatal, o con participación del Estado, podrá difundir mensajes pagados en medios de comunicación masiva, medios en espacios públicos ni medios digitales, en los que se induzca al voto utilizando frases, imágenes, símbolos o cualquier otro elemento gráfico, sonoro o audiovisual, que haga referencia al “SÍ” o al “NO”, u otras opciones sometidas a consulta en referendos temáticos, durante todo el periodo electoral.
Las notas (adjuntas) señala que en caso de no proceder al retiro inmediato de los materiales observados o de reincidir en esta falta, se elevará informe a la Contraloría General del Estado para que establezca las responsabilidades correspondientes en cumplimiento a la Ley del Régimen Electoral.