Audiencia Nacional no concede la libertad al extesorero del PP, Luis Bárcenas

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España ha acordado mantener en prisión a Luis Bárcenas y confirma la decisión de Ruz del pasado 18 de marzo en la que rechazó la petición de libertad del ex tesorero del Partido Popular.
Los jueces consideran que las expresiones contenidas en el recurso de Bárcenas respecto al juez instructor y al fiscal son “inconsentibles y, en todo caso, carentes de la más mínima relevancia jurídica, es decir, gratuitas a todos los efectos”. Afirma que se trata de calificativos y expresiones “impropias” y advierte de que el derecho de defensa “no es ilimitado y no ampara bajo su manto {censuras respetuosas} de este tipo”.
El auto rechaza el argumento de Bárcenas respecto a la parcialidad de los informes de Hacienda e IGAE y señala que “lo que realmente llama la atención” es que se descalifiquen “para luego no suministrar un solo dato objetivo en apoyo de dichas expresiones, ni ofrecer al respecto el más mínimo comentario razonado”.
Los magistrados ven justificado mantener la medida de prisión en virtud de la aparición de cuentas y movimientos bancarios desconocidos hasta ahora. Además, rechazan que los hechos estén prescritos, así como la falta de indicios en su contra alegada por Bárcenas. Al contrario, según el auto, “de las diligencias practicadas se ha producido un incremento del caudal indiciario”. También entienden que se mantiene el riesgo de fuga del ex tesorero.
Por último, los magistrados subrayan que solo han transcurrido dos meses y medio desde la última vez que se le denegó la libertad hasta que la volvió a solicitar “y no ha acaecido ninguna circunstancia favorable para el recurrente”.