
Tras las declaraciones del secretario general del PSOE sobre la cobertura sanitaria de los parados que pierdan la prestación o el subsidio por desempleo y pasen más de 90 días en el extranjero, Echániz ha exigido a Rubalcaba que no mienta a los españoles sobre este asunto, porque los desempleados que se desplacen a algún país de la UE, EEE o Suiza en busca de trabajo tendrán cobertura sanitaria durante 3 meses o 90 días como máximo al año. Si permanecen más tiempo en el país de destino, la legislación aplicable es la del país de residencia de acuerdo con los Reglamentos Comunitarios.
Tarjeta sanitaria europea
Echániz ha recordado además que los ciudadanos españoles tienen, en caso de desplazamiento a algún estado de la UE, EEE o Suiza, garantizada su cobertura solicitando la tarjeta sanitaria europea. De esta forma, no sólo están cubiertos los ciudadanos vinculados a la Seguridad Social sino también aquellos que, no teniendo relación con la S.S, residen en España y disponen de ingresos inferiores a 100.00 euros al año.
El dirigente popular ha recordado que la Tarjeta Sanitaria Europea es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia.
Cobertura de estudiantes
José Ignacio Echániz ha explicado además que los desplazamientos fuera de los espacios citados, siguen teniendo exactamente el mismo tratamiento que hasta ahora en lo relativo a la asistencia sanitaria.
Explicó que los jóvenes que se desplazan al extranjero a cursar estudios homologados (becas Erasmus, por ejemplo), tienen derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea por un año al amparo del seguro escolar. Los estudiantes que no tenga seguro escolar – por encontrarse aún en fase de enseñanza obligatoria-, están cubiertos durante su estancia en el extranjero con la Tarjeta Sanitaria Europea como beneficiarios a cargo de un asegurado (padre/madre, etc.)
Los beneficiarios a cargo de un asegurado por límite de ingresos o por ser desempleado que agotó una prestación o un subsidio por desempleo tienen derecho a cobertura sanitaria en el extranjero (UE, EEE y Suiza) sin límite temporal, mientras el asegurado (titular) conserve su derecho como tal. Para ello se les emite un Certificado Provisional Sustitutorio por un período máximo de 3 meses renovable por períodos trimestrales.









