Portugal: Tribunal rechaza recortes de pagas a funcionarios y pensionistas

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Tribunal Constitucional de Portugal (Foto: TC)
Tribunal Constitucional de Portugal (Foto: TC)
El Tribunal Constitucional de Portugal ha rechazado cuatro medidas de austeridad de los Presupuestos Generales para 2013 y pone al gobierno del primer ministro Pedro Passos Coelho en una delicada situación ya que debe buscar soluciones alternativas ante esta resolución del tribunal, que imposibilita cumplir lo acordado con la Troika a efectos de reducir el déficit público al 5,5%.
Las cuatro medidas de recortes rechazadas por ilegales por el Tribunal Constitucional luso, significaban 1.200 millones de ahorro a las arcas públicas.
En su sesión plenaria del 5 de abril de 2012, el Tribunal Constitucional de Portugal consideró cuatro solicitudes de inspección de constitucionalidad abstracto sucesivos presentados, respectivamente, por el Presidente, por un grupo de miembros del PS, por un grupo de diputados de la PCP, la BE y la política europea de vecindad, y el Defensor del Pueblo y decidió:
a) declarar la inconstitucionalidad de la unión general, por violación del principio de igualdad consagrado en el artículo 13 de la Constitución portuguesa, el artículo 29 de la norma. º de la Ley no. 66-B/2012, 31 de diciembre sobre la suspensión del pago de la paga de vacaciones que recibe remuneración pagada con fondos públicos.
b) declarar la inconstitucionalidad de la disposición resultante del artículo 31. º de la Ley no. 66-B/2012, 31 de diciembre, en que se envía aplicar las disposiciones del artículo 29. contratos de esa Ley a la enseñanza y investigación.
c) Declarar inconstitucional, generalmente vinculante por violación del principio de igualdad consagrado en el artículo 13. º de la Constitución portuguesa, el artículo 77 de la norma. º de la Ley no. 66-B/2012 de 31 de diciembre, sobre la suspensión del pago de subsidio de vacaciones para los jubilados.
d) Declarar inconstitucional, generalmente vinculante por violación del principio de proporcionalidad, insíto en el artículo 2 º de la Constitución portuguesa, la norma del artículo 117, N º 1, de la Ley n º 66…. – B/2012, 31 de diciembre, en relación con la contribución de los beneficiarios de la prestación por desempleo y la enfermedad;
e) No declarar la inconstitucionalidad del artículo 27 º, de la Ley n 66-B/2012, 31 de diciembre, en la reducción de los sueldos pagados con fondos públicos..;
f) No declarar la inconstitucionalidad del artículo 45 º, de la Ley n 66-B/2012, 31 de diciembre, por el pago de las horas extraordinarias debidas a los trabajadores del sector público..;
g) No declarar la inconstitucionalidad del artículo 78, de la Ley n 66-B/2012, 31 de diciembre, por la extraordinaria contribución de solidaridad sobre las pensiones (CES)..;
h) No declarar la inconstitucionalidad del artículo 186. mismo, de la Ley núm. 66-B/2012, 31 de diciembre, ya que modifica los artículos 68., 68. mismo, 78. º y 85. del Código del IRS, relativa a la reducción de los niveles de ingresos de colección cambiando el recargo de solidaridad y deducciones limitantes para la colección.
i no) para declarar la inconstitucionalidad del artículo 187. mismo, de la Ley núm. 66-B/2012 de 31 de diciembre, que establece un recargo sobre los IRS.