Con un apoyo político transversal, el ministerio de Justicia logró aprobar este miércoles y despachar desde el Congreso Nacional en forma simultánea el proyecto que otorga un indulto general conmutativo a 6 mil condenados, y el que establece cambios al actual régimen de otorgamiento de libertades condicionales, con el fin de racionalizar el uso de las cárceles para mejorar los niveles de hacinamiento que a nivel nacional llegan al 60 por ciento en promedio.
La iniciativas que fueron despachadas por unanimidad en la sala del Senado, tras ser revisadas en una comisión mixta, y que hoy fueron vistas por la Cámara, favorecerá – en el caso del indulto- a aquellas personas infractoras de la ley penal que cumplen condena de reclusión nocturna por delitos menores o que tienen una salida controlada al medio libre; a extranjeros con residencia ilegal; y, a mujeres que han cumplido con dos tercios de la pena, con conducta sobresaliente bajo estrictos criterios de selectividad.
“Esta ley de conmutación de penas no pone en riesgo la seguridad pública. Es una iniciativa que permitirá mejorar la gestión al interior de las cárceles como parte de la nueva política penitenciaria que impulsa el gobierno. No queremos que los penales del país sean conocidos más como escuelas del delito”, dijo el Ministro de Justicia, Teodoro Ribera tras la votación en la sala.
Indulto conmutativo general favorecerá a 6 mil personas y establece la pena de extrañamiento especial para extranjeros
Respecto a la conmutación, sólo podrán acceder al indulto quienes asuman un compromiso de no delinquir. Si dentro de los años siguientes cometen un nuevo delito, deberán cumplir no sólo la pena que les corresponda por el nuevo delito, sino también el saldo de la pena conmutada. Adicionalmente, quedarán sujetos a un régimen de control de Gendarmería por hasta un plazo máximo de 3 años.
El indulto, que tiene el carácter de conmutativo, no extingue la pena de quienes han infringido la ley, y excluye expresamente a quienes han cometido delitos graves como secuestro, sustracción de menores, violación, violación con homicidio, parricidio, homicidio calificado, robo con violencia o intimidación y robo por sorpresa, entre otros.
Asimismo, el proyecto concede la conmutación del saldo de la o las penas privativas de libertad que les restan por cumplir y las multas, por la pena de extrañamiento especial en su país de origen, a los extranjeros que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privados de libertad.
Para acceder a ello, no deben contar con permiso de residencia definitiva y deben haber cumplido un tercio de la pena, la mitad o tres cuartas partes dependiendo de los años de presidio dictados por el tribunal, es decir, si se trata de una pena de menos de 5 años, de 5 a 10 o de 10 o más años respectivamente. No se aplicará a condenados a la pena de presidio perpetuo y presidio perpetuo calificado.
Se estima que el indulto favorecerá a 4 mil 800 personas cumpliendo pena mediante reclusión nocturna; mil 066 extranjeros; 600 condenados con salida al medio libre (firma, vigilancia de un delegado); y 150 mujeres con comportamiento de excelencia al interior de los penales.
Cambios al régimen de libertades condicionales: salen los seremis de Justicia
Un segundo proyecto, que también fue despachado con amplia mayoría por los diputados, y que también quedará en condiciones de ser publicado como ley de la República, previo paso por el Tribunal Constitucional, es el que modifica el actual régimen de otorgamiento de las libertades condicionales.
La iniciativa propone que las personas condenadas a una determinada multa y que no puedan pagarla -enviándosele a prisión de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 del Código Penal- puedan cumplir una pena alternativa de trabajos comunitarios.
Asimismo, saca del actual proceso de otorgamiento de las libertades a los secretarios regionales ministeriales de Justicia del país, dejando esta decisión a los órganos técnicos de Gendarmería (tribunal de conducta de reos) y a las comisiones de las respectivas Cortes de Apelaciones que se constituyen durante los meses de abril y octubre de cada año. Así, su ratificación pasará por un instrumento técnico-jurídico y no político.
En Chile, la regulación de las libertades condicionales se rige por el Decreto Ley N° 321 del año 1925, y por su reglamento aprobado por Decreto Supremo del Ministerio de Justicia Nº 2442, de 1926.
Bajo su normativa y tras discrepancias entre la respectiva Seremi de Justicia y la comisión de libertad condicional, se han resuelto casos como los del ex senador, Jorge lavandero y el año pasado la libertad del mayor ® Patricio Cereceda, único condenado por el caso Antuco.









