La decisión de cobrar será optativa de parte de los acreedores, quienes decidirán si aceptan el cambio de lugar y de país del pago de los bonos.
El proyecto presentado por la presidenta Argentina señala en una parte:
La sanción de la norma legal que se propone por la presente resulta necesaria, ya que la República Argentina ha visto bloqueado el procedimiento para el cobro de los Tenedores de Títulos de la Deuda Pública Reestructurada en los años 2005 y 2010, por las ilegítimas e ilegales medidas adoptadas por la justicia de los Estados Unidos de América en la causa NML Capital Ltd. et al v. Republic of Argentina (las órdenes pari passu), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Sur de la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; sin precedentes en ningún lugar del mundo.
A través de esta iniciativa se propicia la implementación de distintos instrumentos legales que permitan el cobro de los servicios correspondientes al cien por ciento de los Títulos emitidos en el marco de la Reestructuración de Deuda Soberana 2005-2010, y de los que en el futuro se emitan en reemplazo de aquellos que aún no ingresaron a dicha Reestructuración.
En lo esencial, las órdenes pari passu dictadas por el Juez Griesa en el marco de la causa NML Capital Ltd. et al v. Republic of Argentina pretenden ilegítimamente forzar a la República Argentina a otorgar -paradójicamente- un trato desigual entre sus acreedores, condenándola a pagar alos fondos buitre que son parte en dicho litigio, el 100% de capital más los intereses devengados cada vez que Argentina pague el importe total adeudado (sólointereses) a los Bonistas que adhirieron a sus Canjes en los años 2005 y 2010.
Esta situación podría tener derivaciones en el ámbito judicial ya que el juez Griesa puede alegar que la Argentina entró en desacato.
En la rueda de prensa que ofreció esta mañana, en la Casa de Gobierno el jefe de gabinete, Jorge Capitanich, precisó que ayer, en el mensaje a través de la cadena nacional de radio y televisión, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner “ha establecido claramente” la iniciativa por parte del Poder Ejecutivo Nacional, que ha sido enviada al Congreso, para establecer una Ley el pago soberano , la cual tendrá la declaratoria de ‘interés público’ y promueve de la reestructuración de la deuda soberana realizada en los años 2005 y 2010, así como el pago en condiciones justas, equitativas, legales y sustentables al cien por ciento de los Tenedores de Títulos Públicos de la Argentina.
Explicó que el proyecto contiene “los mecanismos para salvaguardar a los tenedores que han participado en el proceso voluntario de deuda 2005-2010”.
También se “promueve la remoción del agente fiduciario, establece una nueva modalidad de pago y de jurisdicción a los efectos de garantizar la voluntad de pago incólume de la Argentina” haciendo valer la soberanía y garantizar “el efectivo pago de los servicios de la deuda pública reestructurada”.
Capitanich agregó que esto “tiene que ver con la acción promovida por el juez (Thomas) Griesa que pretendía la obstaculización de los mecanismos de transferencia directa a los tenedores”.
Descargable:
Proyecto-de-ley-completo.pdf