Aprueban protección a víctimas de violaciones de normas antimonopolio en la UE

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El presidente encargado de la política de competencia de la CE, Joaquín Almunia
El presidente encargado de la política de competencia de la CE, Joaquín Almunia
El Parlamento Europeo ha aprobado una propuesta de Directiva, que ayudará a los ciudadanos y las empresas de reclamar daños y perjuicios en caso de ser víctimas de violaciones de las normas antimonopolio de la UE, como los cárteles y abusos de posición dominante en el mercado. La Directiva se basa en una propuesta de la Comisión de junio de 2013, y su objetivo es eliminar una serie de dificultades prácticas que enfrentan las víctimas con frecuencia cuando tratan de obtener la reparación del daño que han sufrido. En particular, se dará a las víctimas un acceso más fácil a la evidencia que necesitan para probar el daño y más tiempo para presentar sus reclamaciones. Al mismo tiempo que se asegura de que la eficacia de las herramientas utilizadas por las autoridades de competencia para hacer cumplir las normas de competencia, en particular, del programa de clemencia y liquidación mes, se preserva. La propuesta se envía ahora al Consejo de Ministros de la UE para su aprobación final.
El vicepresidente de la Comisión y presidente encargado de la política de competencia, Joaquín Almunia, dijo: “El voto del Parlamento Europeo es una gran noticia para los ciudadanos europeos y las empresas perjudicadas por violaciónes antimonopolio. La Directiva ayudará a que el derecho a la reparación integral de una realidad en la Unión Europea, mediante la eliminación de la obstáculos prácticos que enfrentan las víctimas de hoy. Cuando se apruebe y aplique, la obtención de una reparación de la Directiva será más fácil para ellos, sobre todo después de una autoridad de competencia ha encontrado y sancionado una infracción”.
El Tribunal de Justicia de la UE ha reconocido el derecho de las víctimas de las infracciones antimonopolio que ser compensados ​​por el daño sufrido. Sin embargo, debido a los obstáculos de procedimiento y la inseguridad jurídica nacional, sólo pocas víctimas en realidad obtener una indemnización. Por otra parte, las normas nacionales son ampliamente divergentes en toda Europa y, en consecuencia, las posibilidades de las víctimas a obtener una indemnización dependen en gran medida de qué Estado miembro de que se produzcan para vivir, la Directiva pretende eliminar estos obstáculos. Las principales mejoras incluyen:
Los órganos jurisdiccionales nacionales pueden solicitar a las empresas a revelar las pruebas cuando las víctimas reclamar una indemnización. Los tribunales garantizarán que dichas órdenes de divulgación sean proporcionadas y que la información confidencial esté debidamente protegidos.
La decisión final de la autoridad nacional de competencia que declara una infracción constituirá automáticamente una prueba ante los tribunales del mismo Estado miembro en el que se cometió la infracción.
Las víctimas tendrán por lo menos 1 año para reclamar daños y perjuicios una vez que una resolución de infracción por una autoridad de competencia ha adquirido firmeza.
Si la infracción ha provocado aumentos de precios y éstos han sido “transmitido” a lo largo de la cadena de distribución, los que sufrieron el daño, al final serán los que tengan derecho a reclamar una indemnización.
Asentamientos consensuales entre las víctimas y las empresas infractoras se facilitarán mediante la aclaración de su interacción con las acciones judiciales. Esto permitirá una resolución más rápida y menos costosa de las controversias.
Daños privados acciones ante los tribunales y la aplicación pública de las normas de defensa de la competencia de las autoridades de competencia (si la Comisión o las autoridades nacionales) son herramientas complementarias. A través de la Directiva que se refuerzan entre sí, por un lado, para lograr compensación total de víctimas (incluido el lucro cesante y los intereses) y, por otro, para mejorar el papel clave de las autoridades de competencia para investigar y sancionar las infracciones, logrando así la disuasión. En particular, c ooperación entre las empresas y las autoridades de competencia en virtud de la llamada ” los programas de clemencia “juega un papel clave en la detección y sanción de las infracciones de las normas de competencia. Sin esta cooperación, muchas infracciones no serían descubiertos en el primer lugar, y en muchos casos, por lo tanto, es la aplicación exitosa de las normas de competencia de la autoridad pública que permita a las víctimas a solicitar y obtener una indemnización con posterioridad. Como resultado de ello, la Directiva contiene una serie de garantías para asegurar que la facilitación de acciones de daños y no reduce los incentivos para que las empresas que cooperen con las autoridades de competencia (véase MEMO/14/310 ).
Pasos siguientes
Votación en el Pleno de hoy en primera lectura era último paso del Parlamento Europeo ‘s en el procedimiento. A probación por el Consejo completará el proceso legislativo. Una vez que la Directiva ha sido adoptada oficialmente, los Estados miembros dispondrán de dos años para aplicar las disposiciones de su ordenamiento jurídico.