Ecuador renueva estado de excepción contra el crimen organizado en el sector costero: apenas dos días después de que Noboa lo decretara en diez provincias más

“A pesar de que el Gobierno ha recurrido a medidas extraordinarias para combatir la violencia se evidencia la continuidad en la intensidad del accionar de los grupos criminales que causan zozobra en la población” señala el decreto

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El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó la renovación por treinta días del estado de excepción en las provincias de Guayas, El Oro, Manabí y Los Ríos, así como en el cantón Echeandía, perteneciente a la provincia andina de Bolívar. Estas jurisdicciones han sido identificadas como las más golpeadas por la violencia y la actividad del crimen organizado en el país.

La medida, establecida mediante el Decreto Ejecutivo 175, fue emitida bajo el argumento de una “grave conmoción interna” registrada en dichas zonas. Según el documento oficial, la decisión se sustenta en reportes y noticias sobre hechos de inseguridad y violencia ocurridos entre finales de septiembre y el 3 de octubre.

“A pesar de que el Gobierno ha recurrido a medidas extraordinarias para combatir la violencia, se evidencia la continuidad en la intensidad del accionar de los grupos criminales que causan zozobra en la población”, señala el decreto.

Esta renovación llega apenas dos días después de que el mandatario declarara un nuevo estado de excepción en diez provincias del país, en respuesta a la radicalización de las protestas indígenas registradas a inicios de octubre en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel, que elevó su precio.

El estado de excepción vigente permite a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional mantener operaciones conjuntas en las zonas intervenidas, con el objetivo de garantizar la seguridad ciudadana y restablecer el orden público. No obstante, la norma implica restricciones temporales de derechos constitucionales, como la libertad de reunión y la inviolabilidad del domicilio.

El Ejecutivo subraya que el uso de la fuerza por parte de las instituciones de seguridad deberá ser “excepcional” y limitado exclusivamente al período de vigencia del estado de excepción.