La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) ordenó por decisión unánime al cuestionado fiscal Karim Khan, que se aparte del caso sobre la situación de derechos humanos en Venezuela por posible conflicto de interés.
“La Sala de Apelaciones considera que existen motivos para creer que existe una causa de recusación del Fiscal y que este tiene la obligación, de conformidad con la regla 35 del Reglamento de Procedimiento y Prueba, de solicitar ser apartado de la situación de Venezuela”, explica la CPI sobre la decisión y la cual también añade que el fiscal Khan tiene un plazo de tres semanas para cumplir con dicha orden de apartamiento.
El proceso que ha desembocado en esta decisión se remonta al 7 y 8 de noviembre de 2022, cuando Venkateswari Alagendra, cuñada del fiscal, es parte del equipo de representantes legales del gobierno venezolano. La cuñada del fiscal representa a la dictadura de Venezuela.
Según las denuncias, el fiscal Khan tiene pruebas suficientes para condenar al régimen de Maduro por violaciones a los derechos humanos, pero ha guardado sospechoso silencio que se entiende es para favorecer al chavismo y la resolución de la CPI lo confirma.
Por otro lado, Karim Khan ha sido apartado de sus funciones por otra denuncia de acoso sexual a una funcionaria de la CPI.
Las graves acusaciones contra el fiscal Karim Khan
Las acusaciones contra el fiscal general de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, aumentan día a día, según analistas, por la “demora con mala intención” en emitir el fallo contra Maduro y pedir la captura del tirano chavista, a pesar de tener pruebas fehacientes de sus delitos de lesa humanidad.
Desde la oposición venezolana y desde otros ámbitos internacionales se exige que el fiscal resuelva y no siga alargando la sentencia.
La Fundación Arcadia con sede en Estados Unidos, presentó ante la Corte Penal Internacional (CPI) una solicitud formal de recusación inmediata contra el fiscal Karim Asad Ahmad Khan en el caso El Fiscal vs. Nicolás Maduro Moros (Venezuela I), firmada por Robert Carmona-Borjas, CEO y cofundador, y José Vicente Carrasquero A., director de Estrategias de Resolución de Conflictos.
La petición argumenta un conflicto de interés grave que compromete la imparcialidad del Fiscal y pone en riesgo la integridad del proceso judicial, con implicaciones profundas para la credibilidad de la CPI. El conflicto de intereses derivado de la relación familiar entre el fiscal Karim Khan y Venkateswari Alagendra, abogada defensora de Nicolás Maduro en este mismo caso. El vínculo, revelado recientemente por fuentes de alta credibilidad, como The Washington Post, generado preocupaciones sobre la imparcialidad requerida en las funciones del fiscal, como lo estipula el Estatuto de Roma, documento rector de la Corte Penal Internacional..
Obviamente, la relación familiar entre el Fiscal Khan y la abogada defensora Alagendra impacta la independencia e imparcialidad requeridas por la CPI, particularmente siendo un caso que involucra a Nicolás Maduro como perpetrador de crímenes de lesa humanidad. La mera apariencia de parcialidad es suficiente para socavar la confianza del público, las víctimas y la comunidad internacional en la Corte Penal Internacional.
El Estatuto de Roma exige que el Fiscal no participe en actividades que puedan interferir con sus funciones o afectar la confianza en su independencia. La relación familiar entre Khan y Alagendra viola este principio y constituyendo un claro motivo para la recusación. La Fundación subraya que existe una “duda legítima” sobre la imparcialidad del fiscal, suficiente para justificar su apartamiento conforme con el Estatuto de Roma.
Otro punto de gravedad para la recusación es que el fiscal incumplió sus obligaciones éticas profesionales. El Estatuto de Roma lo obliga a que las investigaciones se realicen de manera imparcial y su relación familiar con la abogada de Maduro compromete seriamente el desempeño de sus funciones sin prejuicios.
En el caso el Fiscal vs. Ngudjolo Chui (ICC-01/04-02/12), la CPI determinó que la mera apariencia de un conflicto de intereses era motivo suficiente para la recusación de un funcionario judicial, independientemente de que se haya demostrado un sesgo real. En el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, en el caso El Fiscal vs. Anto Furundžija (ICTY-95-17/1), se subrayó la importancia de la imparcialidad percibida para mantener la integridad de los procedimientos judiciales.
El fiscal debió apartarse del caso motu proprio por convicción ética. La independencia y la imparcialidad son fundamentales para el resguardo del prestigio y la legitimidad de la CPI. La revelación del vínculo familiar entre el fiscal Khan y la defensora de Maduro, Alagendra, ha erosionado la confianza pública en la capacidad para actuar con neutralidad. En un artículo publicado el 6 de septiembre de 2024, The Washington Post informa de un conflicto de interés que exacerba las preocupaciones sobre la imparcialidad de Khan en el caso Venezuela I.
Khan se ha mostrado en su visita a Venezuela, con sonrisas cómplices con el dictador Nicolás Maduro