
Legalmente Morales no puede volver a postularse, ya que también fracasó al perder el plebiscito popular que hizo en 2016 para cambiar la Constitución y ser candidato eterno a la primera magistratura.
El expresidente de Bolivia, Jorge Quiroga, dijo que Morales ha dado “un paso más en el golpe que está perpetrando contra la democracia boliviana”.
Quiroga señaló que “anular la Constitución es golpe” y agregó: “están buscando anular artículos de la Constitución. Están buscando desconocer dos votos populares”, aclaró en referencia a que el pueblo le dijo no en plebiscito a la posibilidad de que Morales se postulara a un cuarto mandato.
La insólita actitud del Tribunal Constitucional
Al mismo estilo prepotente del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia, admitió en forma dudosa la acción de inconstitucionalidad abstracta que presentaron hace diez días legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS)-el partido de Evo Morales- para que ese alto tribunal declare inconstitucionales cinco artículos de la Ley Electoral y la inaplicabilidad de cuatro de la Constitución Política del Estado, referidos al límite de participación en elecciones para autoridades nacionales y subnacionales.
El TCP colocó en una pizarra de información de ese despacho el auto de admisión aprobado por los magistrados.
“Resuelve: ADMITIR la Acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada Por Nélida Sifuentes Cueto, senadora; David Ramos Mamani, Nelly Lenz Roso de Castillo, Aniceto Choque Chino, Ana Vidal Velazco de Apaza, Julio Huaraya Cabrera, Felipa Málaga Mamani, Ascencio Lazo, Juan Vásquez Colque, Edgar Montaño Rojas, Víctor Alonso Gutiérrez Flores y Santos Paredes Mamani, diputados todos miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional interponen la Acción de inconstitucionalidad Abstracta, en su calidad de senadora y diputados, respectivamente de la Asamblea Legislativa Plurinacional”, puntualiza la resolución de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional.
En el segundo artículo, la resolución establece que se pondrá en conocimiento del vicepresidente, Álvaro Marcelo García Linera, en su condición de presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional “en representación del órgano que generó la norma impugnada a objeto de su apersonamiento, formulación de alegatos que considere necesarios en el plazo de quince días a partir de su legal notificación”.
Según las normas, el TCP tendrá 60 días para emitir el fallo a esa petición.
TQ Prensa en Cochabamba sobre golpe en BOL contra Constitución que desconoce voto popular https://t.co/58ObveGXVr
— Tuto Quiroga (@tutoquiroga) 30 de septiembre de 2017












