Tras tres jornadas de discusión marcadas por fuertes discrepancias, la Sala del Senado aprobó en general el proyecto de ley que establece mecanismos de suspensión y cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad en casos excepcionales vinculados a la salud, discapacidad o edad avanzada de los condenados.
La propuesta, originada en una moción presentada por los senadores Francisco Chahuán, Luz Ebensperger, Luciano Cruz-Coke, Alejandro Kusanovic y Carlos Kuschel, fue aprobada por un estrecho margen de 23 votos a favor y 22 en contra, reflejando la profunda división que genera la iniciativa tanto en el ámbito político como en el de los derechos humanos.
Quienes respaldaron el proyecto defendieron que su propósito es introducir criterios humanitarios en el sistema penal. Según argumentaron, la medida no implica anular condenas ni extinguir penas, sino permitir que, bajo circunstancias específicas, estas se cumplan mediante reclusión domiciliaria total cuando el Estado no está en condiciones de garantizar una atención adecuada a internos gravemente enfermos o de edad muy avanzada.
Los partidarios de la iniciativa señalaron que el sistema penitenciario debe adaptarse a situaciones extremas, especialmente cuando la permanencia en un recinto carcelario dificulta tratamientos médicos o afecta gravemente la dignidad de personas con enfermedades crónicas o terminales.
Sin embargo, desde la oposición al proyecto se advirtió que los requisitos contemplados serían demasiado amplios y podrían facilitar que personas condenadas por delitos de alta gravedad —como homicidio, parricidio o violación— accedan a este beneficio. También se planteó la preocupación de que la norma pueda favorecer a condenados por crímenes de lesa humanidad.
En esa línea, algunos senadores sostuvieron que la iniciativa podría entrar en tensión con compromisos internacionales asumidos por Chile, como el Estatuto de Roma que dio origen a la Corte Penal Internacional. Además, criticaron que el texto no haya incorporado plenamente las observaciones formuladas por la Corte Suprema durante el proceso de consulta legislativa y que no haya sido analizado por la Comisión de Constitución.
El proyecto está compuesto por cuatro artículos. El primero establece principios orientadores para la ejecución de penas en el sistema penal. El segundo define la reclusión domiciliaria total como una sustitución del cumplimiento de la pena de cárcel por encierro permanente en el domicilio del condenado, durante las 24 horas del día, con la prohibición expresa de que dicho domicilio corresponda al lugar donde reside la víctima del delito.
El tercer artículo fija las circunstancias en que un tribunal podría autorizar esta modalidad para el tiempo restante de la condena. Entre ellas se contempla a internos cuya enfermedad crónica no pueda ser tratada adecuadamente en prisión, personas con enfermedades incurables en fase terminal, reclusos con discapacidad cuya permanencia en el sistema penitenciario resulte incompatible con su condición, y adultos mayores que, al sumar su edad con los años cumplidos en prisión, alcancen los 80 años, siempre que tengan al menos 70 años de edad real.
Reacciones desde el Ejecutivo
La aprobación del proyecto también generó reacciones desde el Ejecutivo. El Presidente Gabriel Boric llamó al Senado a no retroceder en materia de derechos humanos y advirtió sobre los alcances de la iniciativa. A través de su cuenta en la red social X, el mandatario señaló que los crímenes de lesa humanidad constituyen algunos de los delitos más graves reconocidos por la legislación nacional e internacional.
Según el jefe de Estado, la propuesta no solo permitiría que condenados por ese tipo de delitos cumplan sus penas en sus domicilios, sino también personas sentenciadas por crímenes como homicidio, parricidio o violación. En ese contexto, pidió a los legisladores considerar a las víctimas y el impacto histórico de este tipo de decisiones.
Una preocupación similar expresó el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que si bien valoró la discusión sobre medidas humanitarias para ciertos reclusos, advirtió que el proyecto, en su forma actual, podría permitir que responsables de delitos graves —incluidos violadores, femicidas o condenados por crímenes de lesa humanidad— accedan al cumplimiento de sus penas en sus domicilios solo en función de la edad, sin un análisis más profundo de factores como el riesgo para la sociedad o su colaboración con la justicia.
La iniciativa continuará ahora su tramitación legislativa, etapa en la que se prevé la presentación de indicaciones y un nuevo debate sobre los alcances y condiciones de este eventual régimen alternativo de cumplimiento de penas.













