El Congreso de España aprueba la reforma penal que endurece las penas por multirreincidencia, hurto de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos

La Proposición de Ley Orgánica, respaldada por amplia mayoría, introduce cambios en seis artículos del Código Penal para reforzar la respuesta frente a reincidentes y tipificar con mayor severidad el robo de móviles y otros dispositivos. El texto pasa ahora al Senado

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El Congreso de los Diputados de España en Madrid. (Foto: ICNDiario)

El Pleno del Congreso de los Diputados de España dio luz verde este jueves a la Proposición de Ley Orgánica destinada a reforzar la respuesta penal ante la multirreincidencia y determinados supuestos de hurto, especialmente aquellos que afectan a teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos. La iniciativa fue aprobada por mayoría absoluta —requisito exigido por su naturaleza orgánica— con 302 votos a favor, 36 en contra y 8 abstenciones.

La reforma, que continuará ahora su tramitación en el Senado, modifica seis preceptos del Código Penal con el objetivo de ajustar el marco sancionador a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en las sentencias 481/2017 y 684/2019. Según se recoge en la exposición de motivos, el legislador pretende corregir una situación en la que la respuesta punitiva resultaba equivalente tanto para quien comete un delito aislado como para quien incurre en una sucesión continuada de infracciones de la misma naturaleza. A juicio de los promotores, esta equiparación podía generar un efecto disuasorio insuficiente frente a delincuentes reincidentes y una percepción de desprotección en víctimas y operadores jurídicos.

Antes de esta modificación “la sanción es la misma para quien comete un delito que para quien comete una sucesión continua de delitos”, por lo que “actúa como estímulo de delincuentes reincidentes y desincentiva a víctimas, policías, jueces y fiscales cuando se enfrentan a casos de multirreincidencia”, especificó el Congreso.

Entre las principales novedades figura la redefinición de la reincidencia en el artículo 22, que la aprecia cuando el autor haya sido condenado mediante sentencia firme por un delito incluido en el mismo título del Código y de idéntica naturaleza. Asimismo, la modificación del artículo 66 abre la puerta a imponer la pena superior en grado cuando concurran tres condenas previas por delitos homogéneos, valorando tanto los antecedentes como la gravedad del nuevo hecho delictivo.

El texto también introduce ajustes en el régimen de suspensión de la ejecución de la pena (artículo 80), precisando las condiciones aplicables cuando el condenado sea delincuente primario.

Por último, se modifica el artículo 250 para endurecer las penas por estafa en casos de reiteración, estableciendo condenas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses cuando el responsable haya cometido tres delitos comprendidos en el mismo capítulo.

Con esta reforma, el Congreso busca fortalecer el tratamiento penal de la delincuencia reiterada y adaptar la normativa a los criterios jurisprudenciales, en un contexto de creciente preocupación por los hurtos de dispositivos electrónicos y la reincidencia en delitos patrimoniales.