El Pleno del Congreso Nacional de Honduras aprobó este jueves un Decreto mediante el cual concluye que el proceso de las Elecciones Generales 2025 no ha finalizado constitucional ni legalmente, debido a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no realizó un escrutinio general completo de los votos emitidos en los tres niveles electivos.
La resolución fue adoptada durante una Sesión Extraordinaria convocada para conocer y debatir el Informe Técnico-Jurídico sobre el desarrollo del proceso electoral. Tras la lectura íntegra del documento y una discusión de fondo entre las distintas bancadas, los diputados procedieron a una votación nominal en la que más de 68 congresistas respaldaron el Decreto, advirtiendo que la voluntad popular no puede considerarse válidamente declarada mientras no se complete el cómputo total, verificable y conforme a ley.
El informe presentado al Pleno sostiene que el escrutinio constituye un requisito esencial para la legitimidad democrática y que, sin su culminación íntegra, no puede existir una declaratoria válida de elección. En ese sentido, se subraya que el propio CNE reconoció que el escrutinio no fue concluido, al haberse emitido declaratorias parciales sin agotar el cómputo de todas las actas de las Juntas Receptoras de Votos, incluidas aquellas con inconsistencias e impugnaciones pendientes.
Durante la sesión, el Congreso también tomó en cuenta una serie de irregularidades técnicas y vacíos legales documentados en el proceso, entre ellos fallas en el sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), la omisión del escrutinio especial de actas, la adopción de decisiones sin sustento legal y denuncias ciudadanas de coacción e injerencias. De acuerdo con el Informe Técnico-Jurídico, estos hechos afectaron la certeza electoral e impidieron que la declaratoria emitida por el órgano electoral pueda considerarse jurídicamente fundada.
El Pleno recordó además que el artículo 205, numeral 7, de la Constitución de la República faculta de manera excepcional al Congreso Nacional para realizar el escrutinio y declarar las elecciones cuando el órgano electoral no lo haya hecho. Según se enfatizó en el debate, esta atribución no constituye una intromisión política, sino una garantía constitucional para evitar el vaciamiento de la voluntad popular.
En el Decreto aprobado, el Congreso ordena al CNE realizar el escrutinio general de la totalidad de las actas de cierre en los tres niveles electivos, al constatar que miles de actas no fueron contabilizadas. Entre ellas se identifican 306 actas pendientes en el nivel presidencial, equivalentes al 1.6 % y con una carga electoral de 132,008 ciudadanos; 2,620 actas no escrutadas en el nivel de diputaciones, que representan el 13.21 % y una carga de 828,656 ciudadanos; y 1,848 actas pendientes en el nivel de corporaciones municipales, equivalentes al 9.65 % y con una carga de 598,025 ciudadanos.
Asimismo, el Pleno instruyó a la Comisión Especial de Investigación a presentarse ante el Ministerio Público para solicitar la deducción de responsabilidades penales contra los miembros del CNE por no haber realizado el escrutinio general, así como por las fallas del sistema TREP, la no utilización del sistema biométrico y las denuncias de adulteración de actas y resultados.
El Decreto también ordena resolver todas las impugnaciones presentadas por los candidatos, las cuales, según el informe, habrían sido omitidas, vulnerando el derecho constitucional de petición. Una vez concluido el escrutinio y resueltas las impugnaciones, los resultados finales deberán remitirse al Congreso Nacional, que asumirá la declaratoria oficial de las Elecciones Generales 2025 conforme a la Constitución de la República y los tratados internacionales vigentes.













