Por Clara Duarte.-
El reciente procesamiento del coronel retirado Juan Rebollo por el caso de las tres militantes tupamaras abatidas en abril de 1974 ha sido presentado por diversos sectores como un nuevo paso hacia la verdad y la justicia respecto a los crímenes cometidos durante la dictadura uruguaya. Sin embargo, al analizar en profundidad el contenido del expediente judicial y los fundamentos de la acusación, surgen interrogantes importantes que aún no tienen respuesta.
No se trata aquí de defender ni acusar. Se trata, simplemente, de preguntar lo que toda sociedad democrática debería poder preguntarse sin ser señalada: ¿fue este un fallo basado en pruebas sólidas o en una lectura política del pasado reciente?
Una reconstrucción forense hecha medio siglo después
La causa se sustenta principalmente en una reconstrucción pericial realizada más de cuarenta años después de los hechos, sin contar con los proyectiles, sin las armas involucradas, sin fotografías forenses originales y, lo más relevante, sin análisis balístico ni autopsias realizadas en el momento del enfrentamiento.
No se analizó la presencia o ausencia de residuos de versiones que sostenían que las mujeres estaban armadas, que habían disparado y que incluso lanzaron una granada que no llegó a explotar. Tampoco se consideraron testimonios de vecinos que afirmaron haber recibido la orden de no asomarse durante el operativo, lo que vuelve inverosímil que existieran testigos oculares imparciales del inicio de los hechos.
Todo indicio que pudiera relativizar la hipótesis de ejecución sumaria parece haber sido descartado de plano, sin un análisis crítico ni contraste de fuentes.
Duda razonable y principio de imparcialidad
La justicia penal se basa en el principio del “in dubio pro reo”: ante la duda razonable, se debe favorecer al acusado. Pero en este caso, la balanza parece haberse inclinado hacia una lógica inversa: si los hechos ocurrieron durante la dictadura, entonces la responsabilidad es automática salvo prueba contraria. Una inversión peligrosa del principio de inocencia.
Un fiscal con vínculos familiares
Por si fuera poco, el fiscal a cargo del caso ha sido señalado públicamente por tener vínculos familiares directos con ex integrantes del MLN-T. Aunque esto no implica, por sí solo, un impedimento legal, sí plantea un potencial conflicto de interés ético, especialmente si no se tomó la precaución mínima de delegar la causa a un equipo sin nexos con las víctimas o victimarios del caso.
El vacío de certezas
En definitiva, el procesamiento de Rebollo puede ser interpretado de distintas maneras, pero lo que no puede afirmarse con rigor es que el expediente contenga pruebas irrefutables. Tampoco puede afirmarse, sin margen de duda, que las militantes estuvieran indefensas o que no hubiera fuego cruzado.
Lo único seguro es que la historia reciente uruguaya sigue siendo terreno minado de pasiones, silencios y heridas abiertas. Y en ese terreno, la verdad judicial no puede construirse a partir de certezas ideológicas ni omisiones selectivas, sino desde el debido proceso, la evidencia concreta y el respeto por la imparcialidad.