Grupo indígena mapuche de Argentina, tras robos, incendios y ataques a personas, fue catalogado como “organización terrorista”

El RAM tiene como referente a Facundo Jones Huala, un argentino de familia británica que cumplió una condena de varios años de cárcel en Chile por el incendio de una establecimiento rural y el porte ilegal de armas

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El grupo indígena Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) de Argentina, fue catalogado como una “organización terrorista” por el gobierno argentino, tras incendios intencionales en la Patagonia, robos y ataques a personas y a la propiedad privada desde hace muchos años a la actualidad.

El RAM tiene como referente a Facundo Jones Huala, un argentino de familia británica que cumplió una condena de varios años de cárcel en Chile por el incendio de una establecimiento rural y el porte ilegal de armas.

El Boletín Oficial de la República Argentina, expresa:

Que conforme surge del informe técnico jurídico que justifica la presente resolución, la organización RESISTENCIA ANCESTRAL MAPUCHE (RAM), a su vez vinculada con la COORDINADORA ARAUCO MALLECO (CAM), representa una amenaza seria y multifacética para la seguridad nacional.

Que desde el 2010 hasta el presente, cuando los incendios intencionales reivindicados por los líderes de la RAM arrasan los milenarios bosques patagónicos, se han producido cientos de hechos con características terroristas, muchos de los cuales se incluyen en un listado adjunto. Tal listado es el que surge, simplemente, de fuentes abiertas, tales como diarios o canales de televisión, que han dado cuenta de numerosos atentados incendiarios contra viviendas, establecimientos, vehículos o maquinarias; así como ataques a las personas, de manera selectiva o indiscriminadamente, con el ostensible y a veces declarado propósito de sembrar el terror. Todos ellos por separado y, más aun, analizados en su conjunto, reúnen las características del artículo 41 quinquies del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA para que sus autores sean pasibles del agravante previsto por terrorismo.

Que desde que se derogó el Decreto Nº 805/21, que había prorrogado los plazos establecidos en la Ley Nº 26.160 que impedía los desalojos de tierras usurpadas, una situación que se extendió de manera inconcebible durante 18 años, los incendios en los bosques del sur argentino, especialmente en las provincias del NEUQUÉN, RÍO NEGRO y CHUBUT, fueron en aumento, en diversos casos se probó que se iniciaron de manera intencional y, por otro lado, abundan las denuncias en tal sentido. Recientemente el incendio, como herramienta de presión, fue reivindicado públicamente por el líder de la RAM, Facundo Jones Huala.

Que la RAM actúa en coordinación con otras agrupaciones con nombres de fantasía, pero que sin duda responden a su coordinación y al alcance de los mismos objetivos.

Que la complejidad y el alcance del abordaje de las conductas criminales vinculadas con el crimen organizado demandan un esfuerzo a nivel nacional para concebir estrategias de intervención adecuadas que permitan la optimización en la asignación de recursos y contribuyan a la mejora de los resultados de las investigaciones.

Que el crimen organizado constituye una amenaza grave para la seguridad nacional y el orden público que demanda respuestas urgentes y contundentes por parte de los distintos actores del Estado involucrados en la prevención, la investigación y la represión de la criminalidad organizada.

Que es necesario cortar todo tipo de financiación con la que puedan contar estos grupos violentos para llevar a cabo sus perversos fines.

Que la colaboración y el intercambio de información facilitan desarrollar una estrategia más efectiva que contemple aspectos vinculados con la prevención, el enjuiciamiento y el castigo de los responsables de delitos de crimen organizado

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Declarar reunidos los requisitos establecidos en el artículo 25 inciso d) del Decreto N° 918/2012 y sus modificatorios para la inscripción de la organización “RESISTENCIA ANCESTRAL MAPUCHE (RAM)” en el REGISTRO PÚBLICO DE PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS A ACTOS DE TERRORISMO Y SU FINANCIAMIENTO (RePET) por los motivos expuestos en el informe técnico jurídico (IF-2025-16095731-APN-SS#MSG) que como anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°- Dese intervención al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para la prosecución del trámite de conformidad con la normativa vigente.

ARTICULO 3°- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich