Por José Alem Deaces.-
Cuando pensaba escribir sobre la judicialización de la política por parte de los políticos, que intentan obtener réditos con el pase de asuntos de índole político a la Fiscalía de Turno, lo que no significa que en algunas oportunidades, ello deba ser así, aún cuando no en la cantidad de veces en lo que esto sucede y de contracara, la intervención de las autoridades jurisdiccionales, otrora el Poder Judicial, hoy las Fiscalías, pero siempre ambas.
Al finalizar la primera; sucedió un hecho que cambio mi idea original. Un amigo me hizo llegar la recomendación de la Relatora de la Organización de las Naciones Unidas a nuestro país, por lo que esta denomina la discrecionalidad de la Suprema Corte de Justicia en el nombramiento y traslado y ascenso de Jueces.
La nota fue enviada al Gobierno Nacional y se dice que la Sra. Margaret Satterhwaite, Relatora especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de jueces y abogados, quien alerta sobre la posibilidad de que esto afecte la independencia judicial del país.
La citada intervención, fue realizada a raíz de una denuncia de la “Asociación de Magistrados del Uruguay”.
Esta nota merece sin duda varios comentarios.
Sorprende en primer lugar que haya sido dirigida al Gobierno Nacional, lo que interpreto como Poder Ejecutivo.
De ser así, existe un grave desconocimiento de la separación de poderes principio básico del Estado de Derecho e imprescindible en una democracia.
¿Que pretende la Relatora de la ONU?
Si esto es que el Poder Ejecutivo intervenga por sobre el Poder Judicial, su error no es grave, es gravísimo, pues entonces la separación de poderes será violentada y las críticas de la relatora o y de sus pares serían condenatorias contra Uruguay.
Sería interesante conocer la opinión de la Relatora Satterhwaite sobre el funcionamiento del Poder Judicial en Venezuela, Cuba y Nicaragua para ver si existe coherencia en su pensamiento, se incline para el lado político que se incline.
Pero considero que hablar de perdida de independencia del Poder Judicial en Uruguay es un gran error.
En este país, en el gobierno del Frente Amplio, se condenó a un Vice Presidente de la República y a un Ministro de Economía y Finanzas entre otros, mientras que en el actual, fueron formalizados el Jefe de la Guardia del Presidente de la República, a uno de los principales Senadores del Partido de Gobierno y en estos días se ha condenado a un Intendente y a una Diputada del mismo Partido de Gobierno.
Si eso no es independencia del Poder Judicial, me cuesta entender que lo es.
Pero todo esto no significa que en el ejercicio del derecho de expresión digamos que no compartimos las condenas que entiendo deberían haber sido más duras ni que no manifestemos nuestra sorpresa por la celeridad en que se instruyen algunas denuncias en Fiscalía y los años de demoras de otras.
He dicho que iba a opinar sobre la intervención de la Justicia en asuntos propios del Poder Ejecutivo, tema que la Relatora ignora o prefiere no tomar en cuenta.
Pretendí en un primer momento hacerlo una vez conocido el fallo del Juez Alejandro Recarey, suspendiendo la ejecución del Plan Neptuno u obra de Arazatí, que pretende llevar adelante OSE.
Opte por demorar la nota hasta conocer el fallo de segunda instancia, pero el conocimiento de la nota de la Sra. Relatora, me lleva a referirme a ella, antes de lo que me había propuesto.
Claramente estoy en contra de que el Poder Ejecutivo intervenga o presione al Poder Judicial.
Pero coherentemente, estoy en contra de que el Poder Judicial intervenga en cuestiones propias del Poder Político, auto confiriéndose un poder de contralor superior que no le corresponde.
Ya sucedió con la vacunación contra el COVID, en fallo del mismo Juez, felizmente revocado.
Espero, o más bien deseo que ahora suceda lo mismo y los Poderes se mantengan independientes uno del otro, cosa que con sentencias como las citadas corre enorme peligro, pues a una acción sobrevendrá una reacción.
¿Que opina la Relatora de esto?. Sería bueno saberlo.
En segundo termino, surge de lo anterior, que desde la sanción del nuevo Código del Proceso Penal, competencias de instrucción que correspondían al Juez hoy corresponden al Fiscal.
¿Habrá tomado esto en cuenta la Relatora, o prontamente habrá más noticias para este boletín?
En tercer lugar, con lo que se dice análisis de las leyes vigentes, es claro que se critica al Poder Legislativo.
¿Pretende la Relatora también dictar instrucciones a este?
Como cuarto punto, cabe otra interrogante.
¿Estamos ante un nuevo tipo de imperialismo, en este caso el jurídico proveniente de organismos internacionales?
Finalmente, esto no significa desconocer el derecho de Magistrados y Fiscales, que hasta ahora han sido nombrados y ascendidos con la normativa vigente de defender sus derechos, pero en dónde corresponde hacerlo, es decir en nuestro país, sin solicitar intervenciones extranjeras, que a los uruguayos en su inmensa mayoría no nos gustan.
La ONU es una vergüenza y la ignorancia de esta Relatora es lamentable en todo sentido.
Se debe tomar en cuenta que estos “relatores”, en muchos casos imponen su ideología política y utilizan el cargo para su mensaje doctrinario.
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