El presidente Javier Milei en la noche de este miércoles se presentó por cadena nacional y dio a conocer detalles sobre el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de la desregulación de la economía y las nuevas medidas.
Un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) es una norma existente en la Constitución de la República Argentina que tiene la validez de una ley. Luego que el DNU fue emitido, el Congreso posee la facultad de estudiarlo y decidir si continúa en vigencia o no. Este tipo de legislación está contemplado en el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional.
Los DNU solo pueden ser emitidos en circunstancias excepcionales, cuando sea imposible seguir los procedimientos normales para aprobar leyes a través del Congreso.
El DNU que se ha publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina, comienza expresando:
Que la REPÚBLICA ARGENTINA se encuentra atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población, en especial en lo social y económico.
Que la severidad de la crisis pone en riesgo la subsistencia misma de la organización social, jurídica y política constituida, afectando su normal desarrollo en procura del bien común.
Que ningún gobierno federal ha recibido una herencia institucional, económica y social peor que la que recibió la actual administración por lo que es imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia creada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece, especialmente, como consecuencia de un conjunto de decisiones intervencionistas.
Que con el fin de corregir la crisis terminal que enfrenta la economía argentina y conjurar el grave riesgo de un deterioro aún mayor y mucho más grave de la situación social y económica, se debe reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial.
Los 30 principales medidas del DNU del gobierno de Javier Milei
1. Derogación de la Ley de Alquileres.
2. Derogación de la Ley de Abastecimiento.
3. Derogación de la Ley de Góndolas.
4. Derogación de la Ley del Compre Nacional.
5. Derogación del Observatorio de Precios.
6. Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
7. Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
8. Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
9. Derogación del régimen de sociedades del Estado.
10. Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
11. Modernización del régimen laboral.
12. Reforma del Código Aduanero.
13. Derogación de la Ley de Tierras.
14. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
15. Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.
16. Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
17. Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
18. Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
19. Implementación de la política de cielos abiertos.
20. Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes.
21. Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.
22. Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
23. Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
24. Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
25. Establecimiento de la receta electrónica.
26. Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas.
27. Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas (si así lo quisieran).
28. Desregulación de los servicios de internet satelital.
29. Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo.
30. Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotores.
LEA en el siguiente enlace el Boletín Oficial de la República Argentina completo sobre el DNU:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/301122/20231221