Perú endurece ley de extranjería para acelerar la expulsión de personas extranjeras en situación irregular

Entre otros aspectos, brinda facultades para fiscalizar y sancionar a empresas de transportes y hospedajes que den servicios a ciudadanos extranjeros en condición migratoria irregular

0
552

El Poder Ejecutivo de Perú ha dado un paso significativo en el fortalecimiento de las políticas migratorias del país con la promulgación del Decreto Legislativo N.º 1582. Esta nueva legislación, que modifica la Ley de Migraciones, introduce el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), enfocado en la expulsión de personas extranjeras en situaciones migratorias irregulares.

El PASEE se aplicará específicamente a aquellos individuos que cometan infracciones tipificadas en los literales d) y f) del numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley de Migraciones. Estas infracciones incluyen el ingreso al país sin control migratorio y la realización de actividades que pongan en riesgo el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.

El procedimiento excepcional se caracteriza por una audiencia única, que puede ser virtual o presencial, y no excederá las 24 horas desde la retención administrativa realizada por la Policía Nacional del Perú. Consta de una fase instructora y sancionadora, iniciando con la imputación de cargos por parte de la autoridad instructora de Migraciones, basándose en un informe de la Policía Nacional, y culminando con la notificación de la resolución emitida por la autoridad sancionadora.

En casos donde se compruebe la comisión de la infracción, Migraciones emitirá una resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata. Si se requieren actuaciones adicionales o vence el plazo, el caso será encauzado bajo las disposiciones del procedimiento administrativo sancionador ordinario.

El decreto también otorga a la Policía Nacional del Perú la responsabilidad de llevar a cabo las diligencias de investigación preliminar.

Sanciones a Empresas de Transporte y Hospedajes

Además de las medidas centradas en las personas, la modificación de la Ley de Migraciones refuerza el principio de soberanía en materia migratoria al facultar a la Superintendencia para sancionar a empresas de transporte interprovincial que trasladen a personas extranjeras en situación migratoria irregular.

Esta facultad se extiende también a los operadores de transporte marítimo, fluvial o lacustre internacional, que deben proporcionar a Migraciones, en las 48 horas posteriores a su arribo o zarpe al territorio nacional, información sobre el registro y control de tripulantes.

Es crucial destacar que el decreto legislativo concede a Migraciones la capacidad de fiscalizar los servicios de hospedaje, los cuales están obligados a facilitar las acciones de verificación migratoria. La falta de cumplimiento de esta obligación conlleva sanciones para dichos establecimientos.

Esta modificación legislativa contribuye significativamente a la seguridad y el orden interno de Perú al reforzar el control migratorio y la regulación de servicios relacionados. El Gobierno reafirma su compromiso con la protección de la soberanía nacional y la garantía de un entorno seguro para todos los ciudadanos.