El Ministro de Gobernación de Guatemala, David Napoleón Barrientos, tras una reunión con el Viceministro de Seguridad, Carlos Franco Urzúa, mandos de la Policía Nacional Civil (PNC), representantes de la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad (SAAS) e Inteligencia Civil para conocer y reforzar la seguridad del binomio presidencial que fue electo el pasado 20 de agosto, Bernardo Arévalo de León y su compañera de fórmula, Karin Herrera.
“Desde ayer y bajo instrucciones del Presidente de la República, Alejandro Giammattei, sostuvimos una reunión con representantes de los presidenciables electos, asimismo con autoridades de la PNC y SAAS, donde se acordó el reforzamiento de los esquemas de seguridad con más personal uniformado y vehículos, esto luego que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitara al Estado de Guatemala medidas cautelares”, afirmó el funcionario.
El Titular de la Cartera del Interior manifestó que el binomio presidencial electo reconoció el apoyo que se les ha brindado en materia de seguridad. “Desde la primera vuelta se les ha otorgado protección y ahora estas acciones se reforzarán”, indicó el Ministro Barrientos.
La solicitud de protección de la CIDH
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 24 de agosto de 2023 la Resolución 48/2023, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Cesar Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera Aguilar, binomio presidencial del Movimiento Semilla, elegido según los resultados preliminares del Tribunal Supremo Electoral, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Guatemala.
Según la parte solicitante, el binomio presidencial del Movimiento Semilla, Cesar Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera Aguilar serían objeto de estigmatización, hostigamientos, acoso, exposición pública de su información personal por medio de plataformas virtuales, así como amenazas que incluye la existencia de dos planes para atentar en contra de sus vidas e integridad, uno incluso notificado por fiscales.
Por su parte, el Estado informó sobre las distintas las diligencias y acciones adoptadas para abordar la situación. Habría otorgado esquemas de seguridad a través de la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad y Ministerio de Gobernación, compuestos por agentes de seguridad, vehículos, seguridad perimetral, patrullajes, acompañamientos de protección, entre otros. En la respuesta, el Estado además consideró que Cesar Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera Aguilar cuentan con un amplio esquema de protección, el cual fue reforzado y puede continuar brindándose en el marco de los procedimientos internos.
Al momento de analizar la solicitud, la Comisión tomó en cuenta los hechos alegados a la luz del contexto que viene monitoreando en Guatemala, valoró las acciones implementadas por el Estado, y la disposición para presentar la información en este asunto. Sin embargo, observó con preocupación la información sobre, por lo menos un posible plan en contra de la vida e integridad de las dos personas beneficiarias, que fue notificado formalmente por integrantes del Ministerio Público, sin información sobre las acciones adoptadas al respecto. Por consiguiente, en los términos del Artículo 25 del Reglamento, se solicita al Estado de Guatemala que:
- adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Cesar Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera Aguilar a la luz de la valoraciones de la presente resolución;
- concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y
- informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.