La Ley estrella de la ministra de Igualdad de España Irene Montero del ‘solo sí es sí’, que ha posibilitado la rebaja de condenas a los agresores sexuales e incluso ha propiciado la excarcelación de violadores, sigue beneficiando a estos delincuentes.
Este miércoles la Sala Penal del Tribunal Supremo ha reducido de 8 a 6 años de prisión la pena impuesta a un hombre como autor de un delito de abuso sexual a un menor que contaba 12 años de edad en el momento de los hechos, como consecuencia de la aplicación retroactiva de la nueva Ley 10/2022 como más favorable en este caso concreto.
Otro caso entre los más aberrantes, según narra Antena 3 es el del violador reincidente de Lleida, que agredió sexualmente a 19 mujeres, ya está en libertad. Las juezas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial acordaron rebajar la pena tras aplicar la ley del sólo sí es sí de Irene Montero y después de que el abogado del agresor solicitara la revisión de su condena. En este sentido, las magistradas, que valoraron el grave peligro inherente a los hechos que enjuician y la reprochabilidad de la conducta, redujeron la condena en seis años y ya ha terminado de cumplirla.
Daniel P, que actualmente tiene 37 años, cometió su primera agresión sexual en 1999 sobre una mujer cuando tenía 14. Desde esas no dejó de reincidir y aprovechó permisos carcelarios para volver a actuar, concretamente diez para violar a doce mujeres.
La Audiencia de Navarra rechaza rebajar una condena de 7 años y 6 meses de prisión por una violación en Pamplona.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha desestimado la revisión de una condena de 7 años y 6 meses de prisión impuesta por un delito de agresión sexual (violación) perpetrado en Pamplona al considerar que la pena también cabe conforme a la nueva regulación legal.
La sentencia condenatoria se dictó el 31 de mayo de 2018. Tras la entrada en vigor el 7 de octubre de 2022 de la nueva reforma legal, la defensa interpuso una solicitud de revisión de la sentencia. Pidió que se rebajara la pena a 5 años de prisión.
Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular se opusieron a la revisión de la condena.
En la resolución judicial, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), los magistrados explican, en primer lugar, que el pleno de la Audiencia Provincial acordó el pasado 24 de noviembre no rebajar las penas en aquellos supuestos en los que la condena establecida también pueda ser imponible conforme al nuevo marco legal de la Ley Montero.
En el caso enjuiciado, la Audiencia destaca que en la sentencia de 2018 no impusieron la pena mínima prevista para el tipo legal de entonces. La condena de 7 años y 6 meses fijada, añaden los jueces, se encontraba dentro de la mitad inferior de la horquilla penal.
Y los casos de rebajas de pena se suman: Alarma en Lérida tras la liberación de un condenado por 17 violaciones. Mossos d’Esquadra y Guardia Urbana extreman la vigilancia conscientes de que no pueden controlarlo las 24 horas.
Según informa OKDIARIO, ya son 451 los abusadores sexuales condenados que se han beneficiado de la reducción de penas