El golpe de Estado lo dio Evo Morales al no acatar el referéndum de 2016 que le impedía volver a postularse

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Evo Morales (Foto MC)

La historia reciente de Bolivia es bien clara.  El referéndum constitucional de Bolivia de 2016 se realizó el domingo 21 de febrero de ese año. El objetivo de este referéndum fue la aprobación o rechazo del proyecto de modificación constitucional para permitir al presidente o vicepresidente del Estado Boliviano postularse a ser reelectos a una elección. El “No” ganó con un total de 51% de los votos, mientras el “Sí” obtuvo el 49% de votos restantes.

La papeleta de votación presentó una pregunta para que los votantes puedan aprobar o rechazar al proyecto de reformar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado:

“¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos dos veces de manera continua?”.​

Las únicas respuestas válidas eran el “Sí” o el “No”, mientras que otras opciones fueron anular el voto o votar en blanco.

Antes del referendo el artículo 168 de la Constitución mantenía una restricción de hasta 2 mandatos permitiendo la reelección una sola vez.​

El 26 de septiembre de 2015, la Asamblea aprobó la reforma del mandato presidencial con 112 votos a favor y 41 en contra.​ El 5 de noviembre de 2015 fue promulgada la ley Nº 757, Ley de convocatoria a referendo constitucional aprobatorio.

La trampa de Evo

Desesperado Evo Morales por perpetuarse en el poder y en complicidad con el Tribunal Constitucional, integrado por magistrados nombrados por él mismo, se hizo preparar un decreto a su medida para desconocer el mandato popular de las urnas que le dijeron NO a una nueva postulación.

La Constitución boliviana establece que una persona no puede gobernar por más de dos periodos consecutivos y que Morales perdió un referendo en 2016 en el que intentó anular esa limitación, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de ese país emitió un controversial fallo a favor de las intenciones del mandatario.

En conferencia de prensa, el magistrado del TCP Macario Cortez explicó que se decidió “declarar la aplicación preferente” de los “derechos políticos” por encima de los artículos de la Constitución que limitan la cantidad de veces que una persona puede ser reelecta.

Y así el fraude quedó consumado y en este fallo, además, se declaró “inconstitucionales” a los artículos de las ley electoral boliviana que limitaban la cantidad de periodos continuos que puede tener cualquier autoridad boliviana elegida por voto popular, establecido en dos.

Su última postulación ya era ilegal antes de las elecciones.