Lavado de activos: Corte Suprema declaró infundados los recursos de casación presentados por Keiko Fujimori

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(@Poder_Judicial_)

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Perú, declaró infundados los recursos de casación presentados por la excandidata a la presidencia del Perú, Keiko Fujimori Higuchi y su esposo Mark Vito Villanela, así como por el partido político Fuerza Popular, en las investigaciones seguidas en su contra por el delito de lavado de activos.

Ambos recursos alegaban que la Fiscalía había excedido el plazo de las diligencias preliminares que, desde la perspectiva de los investigados, es de 60 días y por tanto se les había vulnerado su derecho al plazo razonable.

Sin embargo, en ambos casos, el tribunal supremo consideró que el artículo 334 inciso 2 del Código Procesal Penal refiere que el fiscal “podrá fijar un plazo distinto, según las características, complejidad y circunstancias de los hechos objeto de la investigación”.

En ese sentido, señaló que en los dos casos evaluados, la Fiscalía adecuó ambas investigaciones preliminares a los alcances de la Ley Contra el Crimen Organizado (Ley N.° 30077), que incorpora el plazo de 36 meses para la investigación preparatoria, plazo máximo para las diligencias preliminares en casos de crimen organizado.

Por tanto, concluyó que, en ambos casos no fue vulnerado el principio del plazo razonable.

No obstante, el tribunal supremo también estableció que el fiscal puede terminar la investigación antes de ese tiempo o, de lo contrario, las partes procesales pueden solicitar el control del plazo al juez.

FUERZA POPULAR

Con respecto, a la Casación 599-2018 promovida por Fuerza Popular, el colegiado señaló que dicha investigación preliminar fue iniciada el 20 de octubre del 2015.

En ese sentido, al computarse esa fecha de inicio y, considerando el plazo de los 36 meses, esta investigación debe concluir el 19 de octubre del 2018.

Cabe indicar que, en este caso, los hechos materia de investigación están relacionados con la presunta procedencia ilegal de los fondos para la campaña del partido Fuerza 2011, hoy Fuerza Popular, para el proceso electoral del 2011.

KEIKO Y MARK

Por otro lado, en relación con la Casación 528-2018 referida a Keiko Fujimori y su esposo Mark Vito, la investigación empezó el 8 de marzo del 2016, y el plazo de los 36 meses vence el 7 de marzo del año 2019.

En este caso, la sala hizo notar que ambos investigados no cuestionaron en su momento las sucesivas disposiciones fiscales que ampliaron los plazos de la investigación preliminar.

Hay que recordar que la investigación preliminar respectiva señala que Mark Vito compró dos lotes de terreno en Chilca por S/ 617 mil 329 a través de una empresa que tenía un capital de apenas S/ 1 mil.

En cambio Keiko Fujimori es investigada por la realización de dos cócteles: uno el 21 de diciembre de 2015, en el que se recaudó S/ 710 mil 419, y el otro el 13 de febrero de 2016, del cual no hay reporte oficial.

El tribunal que tuvo a su cargo la resolución de los dos recursos fue presidido por la juez suprema Elvia Barrios Alvarado e integrada por los magistrados Hugo Príncipe Trujillo, Iván Sequeiros Vargas, Zavina Chávez Mella y Aníbal Bermejo Ríos.