Perdió Lula: Ministro del STF rechaza apartar al Juez Sergio Moro del caso Odebrecht

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Lula da Siva (Foto Agencia Brasil)

El ministro Dias Toffoli, del Supremo Tribunal Federal (STF), rechazó la petición en la Reclamación (RCL) 30372, en la que la defensa del ex presidente de la República Luiz Inacio Lula da Silva, pidió la suspensión del curso de acción penal en trámite Justicia Federal de Paraná y la remisión de términos de colaboración premiada de ejecutivos de Odebrecht a la Justicia Federal de São Paulo.

En la reclamación, la defensa alega que el juez Sérgio Moro, de la 13ª Vara Federal de Curitiba (PR), incumplió la decisión tomada por la Segunda Turma del STF al no enviar a la Justicia Federal de São Paulo los términos de las colaboraciones firmadas por ejecutivos de Odebrecht relacionados a la compra de inmueble para la construcción del Instituto Lula y al pago por reformas en sitio ubicado en Atibaia (SP). Sostiene que las investigaciones referentes al Instituto Lula y al sitio no tienen relación con los hechos constatados sobre desviación de fondos en el ámbito de Petrobras y, por lo tanto, no deberían tramitar en Curitiba, sino en São Paulo, como decidió por mayoría de votos la Segunda Turma del STF, el pasado 24 de abril.

La defensa afirma que el juez se negó a remitir tales informaciones a la Justicia Federal de SP, bajo el argumento de que sólo después de la publicación de la sentencia de ese juicio podrá ser discutida la eventual incompetencia de la 13ª Vara Federal de Curitiba para juzgar las acciones penales allí en Por supuesto. Para la defensa, hubo afrenta a la autoridad del STF en cuanto a la decisión tomada en el juicio de los embargos declaratorios con efectos modificativos presentados en la Petición (PET) 6780.

Decisión

El ministro Días Toffoli, al analizar la reclamación, consideró que no hubo la apuntada ofensa a la autoridad del STF, destacando que la decisión de la Turma fue tomada en carácter provisional, sin examinar la competencia de la 13ª Vara Federal Criminal de la Sección Judicial del Paraná para procesar y juzgar acciones penales que ya se encuentran en curso y en las que el ex presidente figura como reo. Añadió que la decisión tampoco determinó al juicio reclamado que redistribuyese esas acciones a la Sección Judicial de São Paulo.

Según el relator, “se determinó el encaminamiento aislado de términos de testimonio que originariamente instruían procedimiento en trámite en el Supremo Tribunal Federal a la Sección Judicial de São Paulo, así como que, en relación a esos términos de testimonio – y no en relación a acciones en principio, se hubieran oportunamente observadas las normas de fijación, de modificación y de concentración de competencia.

Añadió que la decisión de la Turma no retiró poder del Ministerio Público de demostrar eventuales vínculos entre los supuestos pagos noticiados en los términos de colaboración y fraudes ocurridos en el marco de Petrobras, ni discurrió sobre la competencia de la 13ª Vara Federal para las acciones penales en que el ex -presidente figura como reo.

“La presente reclamación, en este examen preliminar, al pretender someter directamente al control del Supremo Tribunal Federal la competencia del juicio de primer grado para acciones penales en que el reclamante figura como reo, cuyo sustrato probatorio no fue objeto de examen en la PET nº 6.780, “parece desbordarse de la regla de la adherencia estricta del objeto del acto reclamado al contenido de la decisión supuestamente afrontada”, afirmó el ministro Días Toffoli al desestimarla por falta de plausibilidad jurídica para la concesión de la solicitud.

Fuente STF