El Tribunal Constitucional de Perú ordenó este jueves revocar la prisión preventiva del expresidente de la nación, Ollanta Humala y de la exprimara dama Nadine Heredia, que cumplen prisión preventiva por el caso de los sobornos de la empresa brasileña Odebrecht.
El Presidente del Tribunal Constitucional del Perú, Ernesto Blume, compareció ante los medios para dar cuenta al país del caso relevante sobre la prisión del exmandatario y su esposa.
El magistrado explicó que “Me refiero a la decisión que se espera de nosotros respecto a los procesos de habeas corpus planteados a favor del ciudadano Ollanta Humala Tasso, ex presidente de la República, y de su señora esposa Nadine Heredia Alarcón”.
En su fundamentación, Blume señaló que El Tribunal Constitucional, asumiendo su responsabilidad constitucional y no lavándose las manos ni mucho menos actuando en forma pusilánime, ha acordado por decisión mayoritaria aceptar el Habeas Corpus presentado por la defensa del ex Presidente de la República Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, resolviendo:
– Declarar fundadas las demandas y retrotrayendo la situación al régimen en el que estaban, es decir la comparecencia que se había dispuesto en el Poder Judicial contra ellos, con las restricciones respectivas que corresponden al Poder Judicial.
El Tribunal Constitucional considera que es imperativo que tanto el Poder Judicial como el Ministerio Público asuman inequívocamente que el Tribunal Constitucional es garante de los derechos fundamentales y, conforme a su jurisprudencia, a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a otras instancias internacionales, debe garantizar el derecho a la libertad personal y, entre otros, a la presunción de inocencia, que se respeten y que sean cumplidos.
Tenemos que ser absolutamente cuidadosos. La justicia mediática no es justicia. La única forma de fortalecer las instituciones y luchar de manera coherente contra la corrupción es constitucionalizándola de manera que resulte coherente con el respeto a los principios y derechos fundamentales.
Es un imperativo nacional constitucionalizar la lucha anticorrupción, para que nuestra lucha sea legítima, válida y auténtica.