¿Los derechos de los victimarios antes que los de las víctimas?

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Congreso de los Diputados de España (Foto: ICN Diario)

En España, la arremetida feroz en el Congreso de los Diputados de las formaciones políticas como el PSOE, Podemos y PNV, tratando de eliminar la Prisión Permanente Revisable, parece, en muchos sentidos, un golpe desmedido a las pretensiones de los familiares de las víctimas de delitos graves, aunque estos grupos políticos destacan que “comprenden el sentimiento de las víctimas”.

En medio del dolor del reciente asesinato del niño de 8 años, Gabriel Cruz, el PSOE, Podemos y el PNV, quieren derogar del Código Penal la  Prisión Permanente Revisable sin escuchar el clamor de miles y miles de españoles que se manifiestan en contra de esa derogación.

Allí también están los familiares de varias víctimas asesinadas, como  la joven Diana Quer, de Marta del Castillo; Mari Luz Cortés; Ruth y José; Candela y Amaia, entre otros, que piden al Congreso de los Diputados que no apruebe la proposición de ley para su derogación.

La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad del Código Penal de España. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015, como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, con el único apoyo del Partido Popular y en el contexto del Pacto antiyihadista. Entró en vigor el día 31 de ese mes.

La pena de prisión permanente revisable puede ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad (asesinatos especialmente graves, terrorismo, homicidio del jefe del Estado o de su heredero, de jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad) en los que esté justificada la imposición de una prisión permanente, si bien sujeta a revisión: tras el cumplimiento íntegro de una parte relevante de la condena, cuya duración depende de la cantidad de delitos cometidos y de su naturaleza, el penado puede obtener una libertad condicionada al cumplimiento de ciertas exigencias, en particular, la no comisión de nuevos delitos.

Una vez cumplida una parte mínima de la condena, un tribunal colegiado deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal. Esta revisión judicial periódica garantiza un horizonte de libertad para el condenado. Cumplida esa primera parte mínima de la pena, si el tribunal considera que no concurren los requisitos necesarios para que el penado pueda recuperar la libertad, se fijará un plazo para llevar a cabo una nueva revisión de su situación; y si, por el contrario, el tribunal valora que cumple los requisitos necesarios para quedar en libertad, se establecerá un plazo de libertad condicional en el que se impondrán condiciones y medidas de control orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad, como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social.

Según una encuesta de GAD3 realizada para el diario ABC, el 71,2 por ciento de los ciudadanos quieren que se mantenga esa figura penal e incluso, el 73% de los votantes del PSOE apoyan la prisión permanente revisable y el 57 por ciento de votantes de Podemos creen que hay que mantenerla y esperar a que el Tribunal Constitucional se pronuncie.

Después aparece Ciudadanos, la formación política de Albert Rivera, que siempre actúa en base a impulsos y sin ningún respaldo de estudio de las situaciones. Primero apoyaban derogar la prisión permanente revisable y luego cuando vieron el rechazo de la mayoría del pueblo español, cambiaron y se opusieron. En los corrillos de la política, a Ciudadanos (Cs), ya se les llama “el partido panqueque”, porque se da vuelta en el aire.