
En un auto notificado este martes, el tribunal señala que “la importancia de su declaración, en cuanto a los conocimientos que el testigo pueda tener u datos que pueda aportar, hacen que la inmediación y la contradicción demanden como opción preferente su presencia física ante la Sala, si bien, dada la condición del testigo, se considera procedente adoptar cuantas medidas sean necesarias para preservar su imagen institucional, testificando en estrados en la forma que determine el tribunal”.
La resolución cuenta con el voto particular del presidente del tribunal, Ángel Hurtado, que considera que debería haberse acordado que la declaración de Rajoy como testigo se realizara por videoconferencia.









