La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha acordado formar la pieza separada del procedimiento específico de la causa de los ERE, que afecta a 52 personas.
La jueza ha incoado diligencias previas para continuar la instrucción de forma separada por “la posible existencia de un delito continuado de prevaricación”, por hechos relativos a la participación activa y consciente en el diseño y puesta en marcha del denominado procedimiento específico. Por este procedimiento, como recoge el auto, “se inició la implantación del sistema de transferencias de financiación como sistema de ayudas a las empresas (subvenciones) por razones sociolaborales y por otros motivos diversos”. Entre estas 52 personas, se encuentran los dos expresidentes socialistas de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
En el auto se señala que de los hechos reseñados pudieran ser penalmente responsables 52 personas, entre las que se encuentran todos los que fueron aforados en el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Ya en su anterior auto, la jueza de Instrucción 6 recordó que sobre esta cuestión “ya existe un criterio sólido expresado en fechas recientes por el Tribunal Supremo no sólo en cuanto a la posibilidad de su enjuiciamiento separado sino en cuanto a la calificación jurídica de los hechos”, por lo que se unirán a esta pieza separada íntegramente tanto la pieza de los aforados del TS como del TSJA.
La Audiencia de Sevilla revoca las fianzas de miembros del Consejo Rector de la agencia IFA/IDEA en el caso de los ERE
La Audiencia de Sevilla ha estimado los recursos interpuestos por los miembros del Consejo Rector de IFA/IDEA a los que la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla había impuesto fianzas millonarias. La Audiencia considera que la fijación a un tanto alzado de la fianza “desvincula la medida cautelar real de su finalidad, que no es otra que asegurar la reparación del daño causado con la presunta conducta delictiva en la que haya participado cada imputado”.
En este sentido, recuerda que “la cuantía concreta de ayudas de cada uno de los convenios aprobados en las distintas sesiones del Consejo Rector es diferente”, por lo que acuerda “dejar sin efecto el auto que se recurre en cuanto a las responsabilidades pecuniarias fijadas para los vocales del Consejo Rector que han recurrido el auto examinado, sin perjuicio de que la misma se cuantifique por la Señora instructora en atención a la posible cantidad defraudada”.
Por el contrario, desestima los recursos interpuestos por las cuatro personas que fueron, en distintos momentos, directores generales de IFA/IDEA, ya que considera que estas personas , según el informe pericial de la intervención del Estado, participaron en la confección de los presupuestos de gastos de esas agencias, por lo que “se utilizaron como trasferencia de financiación verdaderas subvenciones a modo de ayudas sociolaborales fuera de cualquier control, sorteando, entre otros filtros, la fiscalización previa así como su concesión sin procedimiento alguno a empresas que, incluso, en algunos casos ni habían solicitado esas ayudas”.
El auto señala que “la proporción que ha de tener la fianza lo es en relación con la suma presuntamente defraudada y el grado de participación de cada imputado, no tiene relación con los bienes que cada uno de ellos ostente”.