
Desestima también el argumento de algunos de los acusados respecto a que su permanencia en ambas piezas (la principal y la separada Época I) tendría “consecuencias negativas” para sus intereses desde el punto de vista de las penas.
El auto rechaza también el recurso del PP respecto a su condición de partícipe a título lucrativo y señala que, de acuerdo a todos los indicios obrantes en la instrucción, el partido político se habría beneficiado a título lucrativo de los fondos obtenidos de modo presuntamente ilícito por los imputados Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega, propiedad, al menos en parte, de los ayuntamientos de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda.









