Juez sentencia que una mujer viva con su agresor porque este "no tiene donde ir"

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Mi capacidad de asombro se ha visto desbordada al leer esta noticia en el periódico El País de España con un título estremecedor: Un juez obliga a una mujer a vivir con su maltratador porque “no tiene dónde ir”.
La información periodística expresa que “La Audiencia Provincial de Jaén ha autorizado a un hombre sobre el que pesan tres condenas por el delito de maltrato y otra por maltrato habitual sobre su esposa a poder vivir con ella. El magistrado Pío Aguirre, que fue hasta el pasado septiembre vocal del CGPJ, ha antepuesto en el fallo el estado de necesidad del maltratador, un hombre de 78 años que “no tiene dónde ir”, al riesgo potencial de nueva agresión que puede sufrir su mujer”.
No voy a detallar la noticia ya que la misma se puede leer completa a través de este enlace a EL PAÍS, solo comentar la insólita situación en la que queda la mujer agredida y con riesgo latente que el maltrato continúe sumado a las graves consecuencias de un posible desenlace trágico. Responsabilidad que sin dudas, deberá ser asumida por quien dictó una medida tan insólita.
Por su parte, la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer y al Instituto Andaluz de la Mujer, consideran que se da un importante paso atrás en la lucha contra la violencia machista.
Se entiende que la situación del maltratador es un tema donde deben intervenir los servicios sociales, para cobijarlo, pero no condenar a la mujer a que vuelva a vivir con su reiterado agresor, aunque el juez diga en su fallo que el mal causado por la condena puede ser mayor que el que se trate de evitar, dado el deterioro físico y psíquico y la edad avanzada del agresor “que deambulaba todos los días por el pueblo y no tiene a dónde ir”.