Audiencia Nacional no ve motivos para prohibir el acto de los terroristas de ETA en Euskadi

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El juez Santiago Pedraz de la Audiencia Nacional no ve motivos para no autorizar el acto de los terroristas de ETA liberados por la derogación de la doctrina Parot, que se desarrolla en la localidad de Durango en el País Vasco.
El magistrado entiende que no habría evidencia que la reunión de los ex presos se haga para “mostrar su apoyo y solidaridad, con el consiguiente homenaje, al resto de miembros de la organización terrorista ETA que aun se encuentran encarcelados”.
En los razonamientos jurídicos el juez Pedraz dice: “Con carácter previo hay que señalar que no habría que pronunciarse sobre la prohibición del acto señalado, por cuanto la única parte en la presente causa sería el Ministerio Fiscal –quien no ha pedido tal prohibición-, ya que las asociaciones denunciantes no son parte, en cuanto no se han constituido como tales (esto es, tendrían que haberse personado como acusación popular, lo que no han hecho). Sencillamente, tales asociaciones han puesto en conocimiento del juzgado unos hechos que consideran pueden ser delictivos, y por ello se incoa el oportuno procedimiento en averiguación del posible delito, interviniendo el Ministerio Fiscal. Con ello, al no existir petición de medida cautelar “en forma legal”, cual sería la solicitud de prohibición, por obvio, no habría declaración en tal sentido”.
Finalmente Pedraz dispone: Denegar la solicitud de prohibición de los actos previstos para el día 4 de enero de 2014 en l Café-Teatro Antzokia de Durango, sin perjuicio de que si en el desarrollo de los actos se siguiera otra cosa se actuara en consecuencia. Líbrese oficio a la Policía Autónoma del País Vasco y a la Delegación de Gobierno en el País Vasco a fin de que dentro del ámbito del principio de proporcionalidad y con absoluto respeto al derecho de reunión y manifestación adopten las medidas que se consideren necesarias para evitar la comisión de los hechos que pudieran ser considerados como delictivos.
Lo acuerda y firma el Ilmo. Sr. D. Santiago J. Pedraz Gómez, Magistrado- Juez del Juzgado Central de Instrucción número Uno. Doy fe”.
El pedido de las víctimas
Las organizaciones de víctimas de la banda criminal, “Dignidad y Justicia” y AVT habían solicitado a la Audiencia Nacional la prohibición del acto por considerarlo un enaltecimiento del terrorismo ya que comparecerán los 63 etarras asesinos excarcelados tras la derogación de la Doctrina Parot.
En el escrito, la AVT entiende que dicha convocatoria supone, en primer lugar, un delito de enaltecimiento del terrorismo ya que la finalidad de la misma es apoyar a los terroristas que se encuentran presos; y en segundo lugar, supone una clara y absoluta ofensa a las víctimas del terrorismo ya que dicho acto se ha convocado con toda la intencionalidad, conociendo el impacto, dolor y desasosiego que la derogación de la Doctrina Parot ha supuesto para las víctimas del terrorismo.
ETA quiere escenificar su triunfo sobre las víctimas del terrorismo y la sociedad española. Esperamos que la Audiencia Nacional prohíba de manera inmediata este acto infame y vele por la Dignidad y la Memoria de todas las víctimas del terrorismo, dijo AVT en un comunicado.