Piratería: dueños de web de enlaces enfrentarán hasta 6 años de prisión en España

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La vicepresidenta, ministra de la Presidencia y Portavoz, Soraya Sáenz de Santamaría, con el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón y el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros (Pool Moncloa)
La vicepresidenta, ministra de la Presidencia y Portavoz, Soraya Sáenz de Santamaría, con el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón y el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros (Pool Moncloa)
El Consejo de Ministros de España ha aprobado este viernes una reforma del Código Penal que endurece las penas con el objetivo de proteger la propiedad intelectual ante la piratería en internet, que acosa el trabajo de los creadores.
La reforma lleva la pena hasta seis años de prisión para quienes incluyan en su página web listados de enlaces a contenidos que son objeto de propiedad intelectual. Los jueces podrán a la vez, ordenar retirarlas y disponer el bloqueo del portal infractor, según señala el borrador enviado al Consejo de Estado.
La regulación pretende lograr un equilibrio entre la protección de los derechos de autor y las nuevas tecnologías. Lo que se persigue es la explotación económica, reproducción, plagio, distribución y comunicación pública de una obra, sin autorización de los titulares, con ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto (a través de publicidad, por ejemplo), así como facilitar el acceso a la localización de obras o prestaciones protegidas en Internet.
Se tipifica expresamente la facilitación de medios para suprimir o neutralizar las medidas tecnológicas utilizadas para proteger la propiedad intelectual.
El objetivo es perseguir las páginas que permiten la obtención de un listado de enlaces a través de las que se puede acceder ilícitamente a obras protegidas por los derechos de autor. En ningún caso se actuará contra usuarios o buscadores neutrales, ni contra los programas P2P que permiten compartir contenidos.
Se mantienen las penas mínimas previstas, pero las conductas más graves podrán ser sancionadas hasta con seis años de prisión, al haberse apreciado una desproporción de penas al comparar éstos con otros delitos que también atentan contra la propiedad.
Por su parte, en los delitos contra la propiedad industrial se diferenciará la responsabilidad penal de importadores y distribuidores mayoristas. Éstos verán agravada su pena, mientras que a los distribuidores minoristas y vendedores al público se les atenuará proporcionalmente en función de su responsabilidad. En el caso de los conocidos como “manteros” las penas en las que podrían incurrir son idénticas a las actuales.