Ryanair condenada a pagar por denegar el embarque a una menor de 2 años

0
182

El juzgado Mercantil número 3 de Valencia ha dictado una sentencia a favor de una demanda interpuesta por el servicio jurídico de TYRIUS contra Ryanair, en la que se denegaba el embarque de una menor de 2 años en un vuelo Valencia-Santiago de Compostela. La compañía irlandesa no admitió el libro de familia que llevaban los padres, requiriendo el DNI, denegándose injustificadamente el embarque con la consiguiente pérdida del vuelo y con los consiguientes daños y perjuicios que dicha denegación ocasionó a la familia demandante.
El Plan Nacional de Seguridad Aérea dispone que en los vuelos nacionales los niños menores de 14 años, siempre que vayan acompañados de sus padres, como era el caso, no necesitan DNI, bastando el Libro de Familia que es precisamente lo que llevaban los padres.
Así pues, Ryanair ha sido condenada a pagar 1.001,74 euros a esta familia, más los intereses y las costas. Además, la sentencia, que es firme y no cabe contra ella recurso alguno, declara expresamente la temeridad de la aerolínea irlandesa.
Esta familia valenciana ya recurrió a TYRIUS para poner una reclamación contra la compañía y ésta la rechazó. Ante la negativa de Ryanair, los demandantes se vieron obligados a tener que acudir a la vía judicial.