Paraguay no agotó instancias para que se declare inválida su suspensión del Mercosur

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Perotti
Asunción, IP Paraguay.- Según el jurista argentino, Alejando Perotti, Paraguay no agotó instancias previas ante el Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur, para que se declare inválida su suspensión y el ingreso de Venezuela al bloque.
Perotii participó como panelista de la conferencia denominada “Mercosur, to be or not to be?” (Mercosur estar o no estar?), que se realizó hoy en el Grand Salón del Sheraton Asunción Hotel, organizado por la Cámara de Comercio Paraguayo Americana (Amcham).
El jurista indicó que Paraguay presentó ante el Tribunal Permanente de Revisión, en julio del año pasado, una acción excepcional y de urgencia para que el Tribunal declare la invalidez tanto su suspensión como el ingreso de Venezuela al bloque, “pero fue rechazada porque básicamente tocó mal el timbre, pero no le dijo que sobre el fondo de la cuestión no tenía razón”.
El Tribunal le dijo a Paraguay que el procedimiento que invoca no se cumple en el caso porque tiene que darse una serie de requisitos, señaló.
La sentencia fue desfavorable porque Paraguay no me demostró haber llamado a los países para negociaciones directas.
Sobre la suspensión de Paraguay y el ingreso de Venezuela dijo que son dos actos diferentes aun cuando haya implicancias, estas no son necesarias, puede uno de los actos ser inválido y no afectar esa invalidez al otro, o sea puede ser que la suspensión sea válida y el ingreso de Venezuela inválida, no están necesariamente de la mano.
Explicó además que el Protocolo de Ushuaia establece, en el artículo 4, que una vez que se haya realizado el quiebre democrático los demás países deben entrar en consulta con el país quebrantador del orden democrático.
“En el caso del Paraguay si el quiebre del orden democrático se instrumentó con el juicio político, posterior a ello no hubo ninguna consulta, es decir que los países del Mercosur no cumplieron a raja tabla con el procedimiento para aplicar sanciones”, afirmó.
En cuanto al ingreso, dijo que el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y el Protocolo de Adhesión exigen que la aprobación del ingreso de otro país tenga que provenir de los cinco países y entrará en vigencia 15 días después de depósito del quinto instrumento de ratificación y aquí hubo cuatro evidentemente.
Los países del Mercosur respondieron a esto ante el Tribunal Permanente de Revisión que Paraguay aceptó a través de la decisión 2905 de ingreso de ingreso de Venezuela al Mercosur, sin embargo esa decisión no acepta nada porque lo que dice esa decisión es que los países toman con beneplácito el pedido del país caribeño de ingresar al bloque, por lo tanto la incorporación como miembro pleno seria irregular.
El abogado refirió que si fuera irregular el ingreso de Venezuela , como aparentemente parecería ser, eso provoca unas consecuencias jurídicas excepcionales porque para empezar todos los actos donde participo un estado parte que es irregularmente miembro caen por invalidez, así es que todo acto posteriores a ese ingreso irregular.
Por úlitmo refirió que jurídicamente es factible que Paraguay renuncie al Tratado de Asunción y dejaría de estar obligado de utilizar el arancel externo común, ya no podría participar del Fondo de Convergencia Estructural del Mercosur (Focem), perdería el derecho de participar de los órganos del Mercosur, pero podría volver a ingresar como estado asociado.