Justicia Electoral de Paraguay recuerda cuales son los delitos electorales con miras a las Elecciones Generales

0
176

El Palacio de López, sede del gobierno paraguayo.
Asunción, IP Paraguay.- La Justicia Electoral recuerda dentro del marco normativo cuales son los procedimientos a seguir cuando se incurre en un delito electoral, con miras a las Elecciones Generales del 21 de abril próximo.
El artículo N° 338 del Código Electoral establece textualmente que “los procesos por delitos electorales serán sustanciados en la jurisdicción penal ordinaria, de conformidad con lo establecido en la ley que reglamenta la Justicia Electoral”.
El artículo N° 83 de la Ley N° 635/95 que Reglamenta la Justicia Electoral, dispone que “los delitos electorales previstos en las leyes electorales serán de competencia de la Justicia Penal”.
Cuando se infringe una Ley Electoral, los procedimientos sugeridos son: recibir las denuncias escritas y labrar acta de las verbales, luego tomar intervención de oficio. Comunicar los hechos suscitados al Fiscal Penal de turno de la localidad que corresponda, recabar toda la información posible con relación al hecho y recolectar elementos probatorios, como ser: declaraciones breves de testigos y/o presuntos involucrados, tomar fotografías y/o realizar filmaciones, debiendo labrar acta de procedimiento de todo lo actuado y demás previsiones establecidas en el Art. 176 del Código Penal Paraguayo.
Si en el procedimiento se realizan aprehensiones, contemplar en todo momento lo dispuesto en el Art. 12 de la Constitución Nacional que se refiere a los derechos de las personas que son detenidas y el artículo 239 del Código Penal Paraguayo. Informa el TSJE.
Garantizar la continuación del sufragio y designar por escrito personal a cargo de la investigación, conforme al Art. 58 del Código Penal Paraguayo. Elaborar el parte policial (informe de actuaciones) para su remisión al Ministerio Público y Juzgado, conforme a los Artículos 299 y 300 del Código Penal Paraguayo (archivo individualizado, expediente policial…). Proseguir con las investigaciones, bajo dirección del Ministerio Público, hasta el total esclarecimiento del hecho.
IP/ss