Paraguay estableció procedimientos de defensa comercial

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Asunción, IP Paraguay.- Un documento explicativa sobre los procedimientos de defensa comercial dio a conocer el Ministerio de Industria y Comercio, un trabajo elaborado por la Dirección de Normas y Negociaciones Comerciales. El documento contiene el marco legal vigente, el ámbito de aplicación, las prácticas desleales del comercio internacional, salvaguardias y procedimientos de investigación de defensa comercial.
El documento refiere que Paraguay, como miembro fundador de la Organización Mundial de Comercio, se ha beneficiado con acuerdos comerciales, logrando diversificar la oferta exportable hacia atractivos mercados internacionales y ha creado condiciones favorables para la importación de productos provenientes de distintos socios comerciales.
“Hoy día reconocemos el múltiple beneficio que nos ofrece esta apertura comercial a la que ha sido llamada la comunidad de países, sin embargo dentro del clima comercial pueden surgir ciertos inconvenientes y prácticas que se traducen en perjuicios para las distintas ramas de producción nacional”, indica el documento disponible en la página web del MIC.
Es por ello que los acuerdos suscritos proveen instrumentos de defensa comercial para asegurar la práctica leal del comercio internacional y evitar perjuicios a las ramas de producción nacional ocasionada por el aumento excesivo de las importaciones provenientes de otro país al mercado nacional.
El Ministerio de Industria y Comercio, teniendo en cuenta que estos instrumentos de defensa comercial contra dumping, subvenciones y salvaguardia representan herramientas de suma importancia en el desarrollo económico y social para el país, ha concebido para el público en general una presentación clara y concisa sobre las definiciones y aplicación de cada uno de estos instrumentos.
Los instrumentos de defensa se aplican sobre las importaciones que se dan a través de prácticas desleales del comercio internacional que pueden ser dumping, que ocurre cuando el precio de exportación sea inferior al valor normal de un producto similar destinado al consumo local, subvenciones, que ocurre cuando se otorga una contribución financiera del Estado o de cualquiera de sus instituciones en el territorio del país de origen o de exportación, mediante una transferencia directa de fondos o de pasivos; una condonación de ingresos públicos o cuando no se recauden ingresos públicos que en otros casos se percibirían; o alguna forma de sostenimiento de los ingresos o precios, o salvaguardia, por la cual se suspenden temporalmente las importaciones para proteger el producto nacional.
Una vez recibida la solicitud normal con sus respectivos anexos, la Dirección de Defensa Comercial procede a evaluar y analizar la documentación presentada. Si la solicitud cumple los requisitos exigidos, la Dirección decide sobre la apertura de la correspondiente investigación. En caso contrario, es decir, si la solicitud presenta omisiones o insuficiencias, el solicitante contará con un plazo para completar sus datos y optar los recaudos exigidos a la Dirección de Defensa Comercial.
Una vez iniciado el proceso de investigación, los interesados tendrán un tiempo para la presentación de información y pruebas, así como sus alegatos, por escrito, y para la celebración de audiencias, entre otros trámites previstos en el documento.
IP/ndn