
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que desarrolla algunas disposiciones contenidas en la Ley 27/2011, de 1 de agosto de 2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, que entrará en vigor el 1 de enero.
La norma adapta a los periodos transitorios la regla de cómputo temporal para acceder a las prestaciones. Al final del periodo transitorio, la edad ordinaria de jubilación habrá pasado de 65 a 67 años y se aplicará a razón de un mes más por cada año, hasta 2018 y dos meses hasta concluir en 2027. La regla determina que se considerará un mes de fecha a fecha, teniendo como referencia el cumplimento de la edad legal.
El Real Decreto establece que los trabajadores que en la última fase de su vida laboral hayan incurrido en situaciones de desempleo podrán aplicarse directamente la ampliación de periodo de cálculo hasta veinticinco años para mejorar su pensión.
Además, señala que se mejora la asimilación a periodo cotizado en el caso de personas con hijos a su cargo en situciones de interrupción de la cotización por nacimiento o adopción.
Salario Mínimo Interprofesional
El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2013, que se ha fijado en 21,51 euros diarios o 645,30 euros mensuales.
Se trata de un incremento del SMI del 0,6 por 100 equivalente al incremento máximo de los salarios pactados en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012. La propuesta ha sido consultada con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
El Gobierno considera que ese acuerdo está dando buenos resultados en materia de moderación salarial, está facilitando mejoras en la competitividad y contribuyendo a la recuperación económica.
Empleados de hogar
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que mejora la integración de los empleados del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. La norma agiliza los trámites en materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores.
Además, corrige los cambios del límite de edad para las pensiones de orfandad de huérfanos con discapacidad para evitar un trato discriminatorio respecto a su situación anterior.
Asimismo suspende la entrada en vigor durante tres meses de la aplicación de las modificaciones en materia de jubilación anticipada y parcial contempladas en la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, del 1 de agosto de 2011.









