Por Luis Jaunsolo Portillo.-
El 1 de enero de 2020 ha sido la fecha acordada para que entre en vigor una reducción significativa del contenido de azufre del fueloil usado por los buques: una decisión que podría calificarse de histórica tanto para la salud de los seres humanos como para el medio ambiente.
La Organización Marítima internacional (OMI), la autoridad reguladora para el transporte marítimo internacional, ha decidido implantar un límite máximo mundial del contenido de azufre de 0,50% masa/masa en 2020 durante el transcurso de la reunión del Comité de protección del Medio marino (MEPC) de la Organización. El MEPC celebra su septuagésimo periodo de sesiones en Londres durante esta semana.
La medida representa un considerable descenso respecto al actual límite global en vigor de 3,5% masa/masa y demuestra el claro compromiso por parte de la Organización en asegurar que el transporte marítimo cumple con sus obligaciones ambientales.
El Secretario General Kitack Lim acogió con satisfacción la decisión y dijo que reflejaba la determinación de la Organización de garantizar que el transporte marítimo internacional sigue siendo el modo de transporte más racional desde el punto de vista ambiental.
El Subcomité de prevención y lucha contra la contaminación (PPR) continuará la labor adicional para garantizar la implantación eficaz del límite mundial de contenido de azufre en 2020.
Las reglas que rigen las emisiones de óxidos de azufre procedentes de los buques que representan los riesgos más importantes para el medio ambiente y la salud de los seres humanos.
La interpretación de “fueloil utilizado a bordo” incluye el usado en los motores principales y auxiliares y en las calderas. Hay exenciones previstas en situaciones necesarias para salvaguardar la seguridad del buque o la vida humana en la mar, o también si un buque o su equipo está dañado.
Los buques pueden cumplir la prescripción mediante el uso de fueloil reglamentario de bajo contenido de azufre. Asimismo, un número cada vez mayor de buques también utiliza gas como combustible, ya que al inflamarse las emisiones de óxidos de azufre que produce son de carácter insignificante, lo que ha sido reconocido en la elaboración de Código internacional para los buques que utilicen gas u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), que fue adoptado en 2015.
Otro combustible alternativo es el metanol, que se usa en algunos servicios de navegación marítima de breve duración.
Los buques también pueden cumplir las prescripciones sobre las emisiones de dióxidos de azufre usando alguno de los métodos equivalentes aprobados, tales como los sistemas de limpieza de los gases de escape, o los “lavadores” que “limpian” las emisiones antes de que sean liberadas en la atmósfera. En este caso, los medios equivalentes deben ser aprobados por la Administración del buque (el Estado de abanderamiento).