Uruguay | ¿A quien sirve que no se habiliten los allanamientos nocturnos?

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Foto ICN Diario

Por Facundo Ordeig.-

En el Artículo 11 de la Constitución de la República se encuentra establecido que nuestro hogar es un sagrado inviolable donde no se podrá ingresar por la noche mediante la orden de un juez competente, sino con el consentimiento de su jefe, para así proteger la integridad de los ciudadanos en las horas de descanso. Una garantía que surge en el contexto de las tensiones políticas internas de 1830, con una población asentada principalmente en las zonas rurales, con una educación limitada a los estratos sociales más altos, escasos medios para iluminarse y menores posibilidades de ser socorridos pero el contexto en el que vivimos ha cambiado, al igual que los crímenes que se cometen.

En el siglo diecinueve la preocupación de los ciudadanos era ser víctima de un asalto, de una agresión, del abigeato o de los homicidios que se producían a raíz de los mismos pero en nuestros días es el impacto, la violencia e influencia de las organizaciones criminales que consolidaron sus estructuras con la llegada de la pasta base en el año 2002, evolucionando en sus operaciones a partir de 2010 a raíz de las alianzas con Jalisco Nueva Generación, el Primer Comando Capital, la Ndrangheta e incluso la Bratva según los informes de INTERPOL y del Departamento de Estado de los Estados Unidos, lo que derivó en un constante incremento tanto de los homicidios como de las desapariciones pero, ¿cuál es la importancia de habilitar los allanamientos nocturnos?

De la estrategia a la táctica

En este sentido el argumento que más se utiliza es que la Policía Nacional conseguiría aumentar las detenciones e incautaciones de sustancias debido a que el no contar con un impedimento horario reduce la probabilidad que un criminal escape o se deshaga de la evidencia pero aunque el factor de la sorpresa es relevante, no es la única razón por la que debería aprobarse el plebiscito que impulsa el Senador de Alianza Nacional, Carlos Daniel Camy.

También se debe considerar que los puntos de venta de drogas operan con medidas de protección que verían reducida su eficiencia debido a las limitaciones técnicas, como las cámaras de seguridad que otorgan un menor campo visual ante la penumbra, y las limitaciones tácticas,  como los vigilantes que verían disminuida su capacidad para pasar desapercibidos debido a la poca o nula presencia de vehículos, transeúntes o sitios en los que permanecer durante largas horas sin llamar la atención de los investigadores, en especial, cuando se trata de menores de edad.

Este hecho podría parecer secundario en la escala de la relevancia debido a que los vigilantes ocupan los escalafones más bajos dentro de una organización pero su presencia en las calles implica un obstáculo para la Justicia pues de ellos depende en buena medida el control que tienen sobre el territorio, el cual, debilitándose tanto por el contexto como por labores de inteligencia, otorgan una capacidad operativa más alta mientras que se reduce el riesgo de exponer a los civiles en caso de un enfrentamiento.

No obstante, el narcotráfico no es el único delito al que se dedican las organizaciones que trabajan con la Ndrangheta, la Bratva, el Cartel de Jalisco Nueva Generación o el Primer Comando Capital sino que dadas las características geográficas de nuestro país, es necesario hablar sobre el impacto que tendría en la trata de personas pero antes que nada, ¿cuál es la situación a la que nos enfrentamos?

Un crimen presente pero que no es visible

Naciones Unidas ha alertado desde 2010 que el Uruguay es un país de origen, tránsito y destino en las rutas del tráfico de personas que luego serán sometidas a la explotación sexual, a la explotación laboral o a la mendicidad forzada pero aunque las estadísticas oficiales indican que ha habido un aumento en la cantidad de víctimas asistidas, también ha aumentado la cantidad de casos que suceden pues mientras que de 2011 a 2018 se identificaron 448 casos, tan sólo entre 2020 a 2022 nos encontramos con un total de 846, por lo que debería ser priorizado tanto por las autoridades como por los ciudadanos a la hora de discutir nuevas políticas públicas, más aún cuando 664 de ellas eran menores de edad, debiéndose tener en cuenta que nos encontramos en un contexto donde las corrientes migratorias continúan en aumento debido a la inestabilidad social, económica y política de ciertos países de Latinoamérica, entre ellos, Cuba, Bolivia y Venezuela.

Hechos que se relacionan con el modo operativo de las organizaciones que luego de captar o secuestrar a sus víctimas, las trasladarán a una “casa segura” en la que permanecerán hasta el momento de llevarlas a su siguiente destino, donde se encontrarán sin identificaciones, con la apariencia modificada, bajo múltiples amenazas e incluso castigos físicos pero ¿qué papel juegan los allanamientos nocturnos?

En este sentido deben tenerse en cuenta las palabras de la Teniente de la Guardia Civil, Rosa Touris, destinada al Centro Nacional de Desaparecidos de España, quien sostiene que en las primeras seis horas de una desaparición forzada se resuelve un 55% de los casos mientras que a los cuatro días, sólo se resolverá un 22% de los mismos, una cifra que irá reduciéndose mientras más pase el tiempo, haciendo que cada hora en la que se puede actuar aumenten las probabilidades tanto de detener a los criminales como de rescatar a sus víctimas, haciendo que mantener el impedimento horario sea continuar atentando contra las mismas.

Es momento de preguntarnos, ¿a quién sirve que no se habiliten los allanamientos nocturnos?