Tec. Facundo Ordeig.-
En Uruguay se encuentra reglamentada desde 2013 la producción, la distribución y la comercialización de la marihuana con el objetivo de debilitar económicamente al crimen organizado, de proteger a los consumidores de los distintos riesgos que supone la clandestinidad y de disminuir los índices de consumo – especialmente entre la juventud – pero nuestra experiencia regulacionista ha sido incluida dentro de los casos de estudio de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes de Naciones Unidas para concluir que aunque resulta difícil evaluar los resultados, no se han podido solucionar los problemas más apremiantes como la expansión de las organizaciones delictivas o el aumento del consumo a la vez que señalan que a una década desde su aprobación, los estudiantes de 13 a 17 años son menos conscientes de los riesgos que conlleva. Y su conclusión no es de extrañar, la norma no supo entender e interpretar la realidad para adaptarse a ella pese a haber contado con el respaldo de distintos sectores académicos y esto mismo es lo que puede llegar a suceder en caso que se apruebe el proyecto de ley presentado por el Frente Amplio en la Comisión de Constitución y Códigos del Senado, donde se busca introducir distintas modificaciones a la normativa de estupefacientes entre las que se encuentra el permitir que las personas privadas de libertad accedan a la marihuana dentro de las cárceles y el reducir las sentencias para mujeres de contextos críticos con hijos a cargo.
Una perspectiva de género que atenta contra sí misma y contra los derechos de niños, niñas y adolescentes
La razón por la que la coalición de izquierda busca reducir las sentencias a mujeres de contexto crítico con hijos a cargo se encuentra dentro del Informe 2020 del Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario donde se establece que en las últimas dos décadas se ha producido un incremento sistemático del encarcelamiento de las mujeres en Latinoamérica debido a que han aumentado su participación en las operaciones de narcotráfico como parte de su “estrategia de supervivencia”, lo que al producirse en conjunto con el incremento de las penas, la quita de beneficios excarcelatorios y la limitación de las medidas alternativas “ha sobrecargado” el sistema penal, impactando en la crianza de sus hijos pero no así en las estructuras del crimen organizado donde suelen ser ellas quienes ocupan los lugares más bajos de la cadena de distribución. Y aunque es cierto que al momento de desarrollar una política criminal deben tenerse en cuenta las consecuencias que puede tener en los menores de edad por ser quienes se encuentran en una posición de mayor vulnerabilidad, debe tenerse en cuenta para reducir el daño, para gestionarlo, no para mantenerlo en los mismos niveles ni mucho menos para aumentarlo.
En primer lugar debemos considerar que la normativa vigente impulsada por Jorge Larrañaga desde Alianza Nacional establece que la utilización de un hogar para el expendio de drogas es una circunstancia agravante del delito y no sólo por el hecho de que la Constitución de la República prohíbe los allanamientos nocturnos, también por exponer a los niños a una sustancia que puede dañar gravemente su salud o incluso causar su muerte en caso de una ingesta accidental, aumentando al mismo tiempo la probabilidad de que presencien o vivan en carne propia una situación de violencia producto de las represalias, debiéndose tener en cuenta que son ellas quienes se encuentran más expuestas a la violencia sexual como método de castigo por lo que si el Estado lo que busca es mejorar las condiciones de crianza no se debe apostar a una disminución de la sentencia salvo que antes se cuente e implemente (durante al menos dos años y de forma eficiente) un programa interinstitucional que complementando a las medidas de rehabilitación permita eliminar su dependencia con el mundo criminal, en caso contrario, sólo será condicionar la gravedad de la conducta sin perseguir un objetivo que lo amerite más que un aval del Estado para ante situaciones económicas adversas, recurrir al tráfico de drogas pues aunque es cierto que la venta de algunas sustancias en pequeñas cantidades sí puede llegar entenderse como parte de la “estrategia de supervivencia” no es lo mismo comercializar con marihuana que con pasta base pero esta diferenciación no se encuentra planteada pese a su impacto social y sanitario, siendo necesario pensar en cada una de las familias que han perdido a un ser querido por culpa de la adicción a la pasta base o por un crimen vinculado a la misma.
El ingreso de la marihuana dentro de las cárceles supone una irresponsabilidad política, social y sanitaria
El consumo de marihuana se asocia a una sensación de bienestar producto de la disminución de la ansiedad, la desinhibición y la relajación de los músculos pero aunque para algunos esto puede suponer que la población carcelaria esté más tranquila, lo que quizá sí pueda suceder, supone varios riesgos además de la comisión de un delito porque debe tenerse en cuenta que la norma establece como una circunstancia especialmente agravante el suministrar una sustancia sin el consentimiento de la otra persona siendo que cada recluso y funcionario que no consuma o no consienta – libremente – que “le pegue de costado” estará siendo una víctima de la irresponsabilidad política, en especial aquellos que se encuentran en el programa de tratamiento de adicciones, por otra parte, quienes sí consumen se verán obligados a cometer un crimen para acceder a lo que es considerado como un derecho. Y una posible solución a esto sería que el Instituto Nacional de Rehabilitación comenzase a aplicar la prohibición de fumar dentro de espacios cerrados, pero hacerlo requeriría estar dispuesto a aumentar los niveles de tensión dentro de los módulos, lo que sin un control adecuado se traduciría en un incremento de las peleas, de agresiones contra guardias, motines e incluso en un aumento de los episodios de corrupción, siendo un costo político que ningún jerarca estaría dispuesto a asumir; Wilson Ferreira podría definirlo sin lugar a dudas como un acto de mezquindad.
En caso de no tener esto en cuenta podríamos pensar que es viable encomendar al Instituto de Regulación y Control del Cannabis garantizar su acceso pero en el mismo artículo que se plantea esto también se plantea el eximir de responsabilidad penal a quienes intenten ingresar cannabis a las cárceles mientras que este sea para el consumo personal de los reclusos, por lo que a pesar de ser viable, da a entender que los propios legisladores estiman que la medida no condice con la realidad del sistema, de los métodos para acceder a ella, ni del contexto de vulnerabilidad socioeconómica, siendo éstos los tres factores que no permitirán desplazar al mercado negro como la principal fuente de abastecimiento y lo que ha concluido la Junta de Fiscalización de Estupefacientes de Naciones Unidas en su informe antes mencionado pero ¿qué sucede con la alternativa que plantearon?
Eximir de responsabilidad penal implica una retirada en la guerra contra el crimen organizado
Quizás los ejemplos más importantes sobre la influencia del crimen organizado dentro de los centros penitenciarios sean los casos de Rocco Morabito y de González Valencia pero no es necesario ir a este extremo para darse cuenta de ello, a menor nivel nos encontramos con un mercado interno que se encuentra regulado por los reos que cuentan con una mayor red de contactos y de recursos en el exterior los cuáles buscan la complicidad de los funcionarios mediante el pago de sobornos, la extorsión o las amenazas para así seguir en funcionamiento. Esto pareciese ser una razón para permitirlo, para reducir su influencia, pero lo cierto es que en caso de aprobarse estaríamos cediendo terreno porque, en primer lugar, al no estar especificado que la persona deba ser un familiar de los reclusos, no es posible suponer que serán sólo ellos quienes lo hagan, significando que el Estado le estaría abriendo las puertas a los traficantes para que operen con un cierto grado de impunidad pues los reclusos que “controlan” el módulo o el establecimiento, mediante los métodos antes nombrados, quedarían habilitados a nombrar a una o varias personas del exterior para que se encarguen de ello, aumentando su poderío dentro de la institución y por lo tanto, sus ganancias, siendo una situación que podría derivar a un aumento de las agresiones y homicidios para hacerse del control de un mercado en expansión.
Por otra parte, también es importante pensar en los familiares de los reclusos, en especial de aquellos que no cuentan con los recursos necesarios dentro de las instituciones, quienes son primarios de buena conducta, quienes dependen de sus compañeros de celda o de sector por una razón u otra, porque serán ellos quienes se verán en la obligación de ir a comprar para llevársela a un ser querido que se encuentra coaccionado en su día a día para que colabore con aumentar la cantidad disponible, tanto para su venta como para el consumo personal de otros. Esto es algo que sucede actualmente, no podemos ignorar el caso del joven de 28 años quien habiendo cometido una rapiña supo ser secuestrado durante 40 días dentro de una celda, siendo víctima de extorsión, amenazas, violencia privada e incluso abuso sexual pero el eximir de responsabilidad penal no es una solución para ellos, la solución se encuentra en garantizar una mejor calidad de vida dentro de las instituciones, el aumentar los controles mediante las nuevas tecnologías pero también con una mayor cantidad de guardias y de equipos multidisciplinarios.
En todo caso, si se quisiera incorporar una norma debería ser una situación atenuante del delito que aplique con exclusividad a los familiares de las personas privadas de libertad para que cumplan con una medida alternativa leve mientras no exista una reiteración real o una sospecha fundada de que no es más que una excusa.