Senado chileno aprueba proyecto que sanciona la conspiración de sicariato y queda listo para ser ley

En este sentido se ha especificado que las sanciones por delitos “con ánimo de lucro”, es decir beneficio económico, el culpable será sancionado con pena que va desde 15 años y un día a 20 años a presidio perpetuo (presidio mayor en su grado máximo)

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La ministra del Interior de Chile, Carolina Toha.

El Senado chileno ha aprobado por 35 votos el proyecto que sanciona la conspiración de sicariato, es decir, para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, por lo que la iniciativa ha quedado en condiciones de convertirse en ley.

“El Senado de Chile aprueba por 35 votos a favor el proyecto que tipifica la conspiración para cometer sicariato. Será la primera ley promulgada de los 31 proyectos relativos a seguridad pública acordados entre el ejecutivo y el legislativo”, ha valorado el ministerio del Interior chileno.

La medida viene a reforzar y modificar el Código Penal en esta materia, ya que el delito de sicariato propiamente tal ya está penado, no obstante, el texto avanza en sanciones específicas cuando el sicariato se comete en un contexto de conspiración, por lo que se precisa cuando se comete el delito “con ánimo de lucro”, por realizarlo “por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

En este sentido se ha especificado que las sanciones por delitos “con ánimo de lucro”, es decir beneficio económico, el culpable será sancionado con pena que va desde 15 años y un día a 20 años a presidio perpetuo (presidio mayor en su grado máximo).

A su vez si el delito se ejerce  en contra de un juez con competencia en lo penal; de un fiscal del Ministerio Público; de un defensor penal público; de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena” que va desde 3 años y 1 día a 10 años.

Además el proyecto aprobado establece que cuando dos o más personas se pongan de acuerdo para que una de ellas asesine a un tercero a cambio de una remuneración o contraprestación, se castigará por este delito, independiente de si el crimen finalmente es consumado. La pena asignada a este delito será de 3 años y un día a 5 años por el solo hecho de llegar a este acuerdo.

Los datos preliminares levantados dan cuenta de que entre 2018 y 2022 se han registrado 42 homicidios en contexto de encargo/sicariato, de los cuales el 60% ocurrieron en la región metropolitana y el 74% de ellos fue cometido con un arma de fuego.