El Boletín Oficial de la República Argentina de este miércoles publica el decreto 476/2021, donde señala que “Que el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la propia identidad, que forma parte del campo de los derechos humanos”.
Por ello, se instaura el Documento Nacional de Identidad (DNI) para personas no binarias, por lo cual el espíritu del decreto es “garantizar el derecho a la identidad de género de las personas que no se autoperciben femeninas ni masculinas”.
Hasta hoy, el documento de identidad argentino establecía dos opciones en la categoría “sexo”: la F y la M. Era binario, aun cuando muchas personas no se reconocen en ninguno de esos dos sexos.
El decreto fue publicado hoy en el Boletín Oficial, donde determinó que “las nomenclaturas a utilizarse en los Documentos Nacionales de Identidad y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos en el campo referido al ‘sexo’ podrán ser ‘F’ -Femenino-, ‘M’ – Masculino- o ‘X’”.
La nomenclatura “X” en el campo “sexo” comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino.
El Ministerio de Mujeres Géneros y Diversidad de Argentina, califica a las personas no binarias como aquellas que “no se encuentra representada por las mismas posiciones binarias de expresión de la identidad de género y expresión de género (varón o mujer).