Brasil: cierre total del Distrito Federal ante aumento de ocupación de unidades de cuidados intensivos

Se prohíben los eventos de cualquier naturaleza que requieran una licencia del gobierno. También se suspenden las actividades colectivas de cine y teatro; actividades educativas en todas las escuelas, universidades y colegios, tanto públicos como privados; dirigir academias deportivas de todas las modalidades; funcionamiento de museos, zoológicos, parques ecológicos, recreativos y urbanos; discotecas y clubs nocturnos entre otras prohibiciones

0
91
Foto Agencia Brasil

El gobernador del Distrito Federal (Brasilia), Ibaneis Rocha, firmó el viernes (26) un nuevo decreto para determinar el bloqueo total en la ciudad, las 24 horas del día, debido a la alta tasa de ocupación de las unidades de cuidados intensivos (UCI) en la capital del país, debido al covid-19. El texto fue publicado en la noche de este viernes en una nueva edición adicional del Boletín Oficial Federal.
El bloqueo entrará en vigor a partir de las 00:01 de este domingo (28). Anteriormente, una edición adicional del Boletín Oficial del Distrito Federal ya traía un decreto del gobernador determinando el cierre de actividades no esenciales en el Distrito Federal de 8:00 pm a 5:00 am, a partir del lunes 1 de marzo. . La medida había sido anunciada por el propio Ibaneis, publicada en las redes sociales ayer por la noche (25). Sin embargo, con el agravamiento de la pandemia en la región y el riesgo de colapso del sistema de salud, decidió ampliar las restricciones.

Según el decreto, se prohíben los eventos de cualquier naturaleza que requieran una licencia del gobierno. También se suspenden las actividades colectivas de cine y teatro; actividades educativas en todas las escuelas, universidades y colegios, tanto públicos como privados; dirigir academias deportivas de todas las modalidades; funcionamiento de museos, zoológicos, parques ecológicos, recreativos y urbanos; discotecas y clubs nocturnos; atención al cliente en centros comerciales (con excepción de reparto y laboratorios), ferias populares y clubes recreativos; establecimientos comerciales de cualquier naturaleza, incluidos bares y restaurantes; salones de belleza, peluquerías y centros de belleza; quioscos, foodtrucks y remolques de venta de comidas; talleres mecánicos; comercio callejero en general; y construcción civil.

Que puede abrir

El decreto estipula una lista de establecimientos que pueden operar, que incluyen supermercados, tiendas de abarrotes, gasolineras, comercio de productos farmacéuticos, clínicas médicas y dentales, laboratorios y clínicas veterinarias. También se excluyen las iglesias y templos religiosos, las tiendas de conveniencia, las funerarias y los servicios de suministro de energía, agua, alcantarillado, teléfono y recolección de basura.

La medida autoriza las operaciones de entrega, drive-thru y take-out , sin abrir el establecimiento para atender al público en sus instalaciones.

Además, según el decreto, los establecimientos autorizados para operar no podrán vender bebidas alcohólicas después de las 8 pm. También se prohíben las mesas y el consumo de productos en los lugares.

La inspección de la nueva medida será realizada por un grupo de trabajo que agrupa al DF Legal, la Dirección de Vigilancia Sanitaria, Secretaría de Movilidad Urbana, Cuerpo de Bomberos, Policía Militar y Civil, Procon, Detran, entre otros.