La autoridades españolas prohibieron que sobrevolara su espacio aéreo el avión en el que el ministro del Exterior británico, Philip Hammond, se dirigía a Gibraltar, informa el portal Sunday Express. A causa de la prohibición, el avión tuvo que sobrevolar el espacio aéreo portugués.
El canciller realizó una visita este jueves 11 de mayo a Gibraltar, un territorio británico de ultramar, con el fin de apoyar la postura del Gobierno de Londres en el referendo que se celebrará el 23 de junio, y en el que se decidirá si el Reino Unido mantiene su permanencia como parte de la Unión Europea. Hammond aseguró que si Gibraltar apoya la salida de la UE Londres no podrá defender sus intereses en el futuro.
Gibraltar se encuentra bajo control británico desde 1713 de acuerdo al artículo X del Tratado de Utrecht. En 1967 y 2002 se realizaron sendos referendos, en los que la población local rechazó la propuesta de convertir Gibraltar en un territorio con soberanía compartida entre España y el Reino Unido.
De momento las autoridades españolas no han comentado oficialmente el incidente. España mantiene la postura de descolonizar los espacios cedidos por el Tratado de Utrecht. El pasado mes de abril se produjo en aguas de Gibraltar un incidente entre un barco de la Armada británica y un patrullero español.
Muy cierto el comentario anterior. Gibraltar no tiene aguas territoriales. Apelan al Convenio del Mar pero España lo ratifica CON LA SALVEDAD de Gibraltar: “España, en el momento de proceder a la ratificación, declara que este acto no puede ser interpretado como reconocimiento de cualesquiera derechos o situaciones relativas a los espacios marítimos de Gibraltar que no estén comprendidos en el artículo 10 del Tratado de Utrecht, de 13 de julio de 1713, suscrito entre las Coronas de España y Gran Bretaña. España considera, asimismo, que la Resolución Ill de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar no es aplicable al caso de la Colonia de Gibraltar, la cual está sometida a un proceso de descolonización en el que son aplicables exclusivamente las resoluciones pertinentes adoptadas por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas”.
eL Art. X del Tratado de Utrecht habla de la plena y entera propiedad de la ciudad y castillos de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen. No hace mención de las aguas aledañas (únicamente las del puerto) ni del espacio aéreo.
Por otra parte no sólo España mantiene su decidido esfuerzo a la descolonización de Gibraltar sino que la ONU así lo reconoce en sus resoluciones de 1960, 1967 y 1968 en la que se explicita que ese territorio debe ser retornado a España.
Finalmente, sobre los referéndums, es como si varias personas ocupan tu casa echando al legítimo dueño y, “democráticamente” deciden hacer una consulta para reafirmar que de se quedan con tu casa
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